I. Hola Hortensia, en mi caso no puedo responderle por desconocimiento, pero quería dejarle un poco de información al respecto por si pudiese serle de utilidad, y tambien, en caso de no ser así, que puede invocar a un experto conocedor para que trate de ayudarle. Mucho ánimo.
https://www.diariodemallorca.es/especiales/declaracion-renta/2014/03/equivoco-presentar-renta-n372_30_9607.html
https://www.blogbankia.es/es/blog/se-puede-anular-una-declaracion-de-la-renta-ya-presentada.html
La asesoría ha confirmado mi declaración de la renta sin mi permiso, ¿Es legal?
https://www.agenciatributaria.es/AEAT.internet/Inicio/La_Agencia_Tributaria/Campanas/_Campanas_/_comp_Renta/_columnas__contenedor_Columnas_/_col_columna1/_AYUDA/Preguntas_frecuentes/Preguntas_frecuentes_generales_sobre_el_IRPF/Modificacion_de_una_declaracion_ya_presentada.shtml
Esta solicitud se realiza para iniciar un procedimiento de rectificación de una autoliquidación de 2019, por resultar una cantidad a devolver superior a la solicitada o una cantidad a ingresar menor. También se utilizará esta opción si necesita informar de un dato que no afecta al resultado de la declaración.
Por otro lado, si los errores u omisiones en declaraciones ya presentadas han motivado la realización de un ingreso inferior al que legalmente hubiera correspondido o la realización de una devolución superior a la procedente deben regularizarse mediante la presentación a través de Renta WEB de una declaración complementaria a la originalmente presentada.
Dispone de toda la información en el apartado "Preguntas frecuentes generales de IRPF" publicadas en la "AYUDA" del portal Renta 2019.
Cómo acceder a la modificación de la declaración presentada
El acceso a la opción " Modificación de una declaración ya presentada" puede realizarse desde el portal Renta 2019, en el apartado "Más trámites", "Modifique su declaración ya presentada".
También desde la opción "Modificación de una declaración ya presentada" ubicada en la relación de trámites electrónicos para el modelo 100 en la Sede Electrónica.
El acceso requiere identificarse con firma digital (certificado o DNI electrónico), sistema Cl@ve PIN o con el número de referencia del expediente de Renta.
Acceso al expediente
Revise que su declaración esté presentada: en "Estado de la Tramitación" aparece el mensaje "Su declaración se está tramitando" y en "Historia del Expediente" dispone de la "Grabación de la declaración". Para acceder a la rectificación, en "Servicios Disponibles", haga clic en la opción "Modificación de declaración".
Al iniciar Renta WEB se mostrará una ventana para continuar con la última sesión de trabajo guardada, modificar la declaración presentada o generar una nueva declaración. A continuación pulse "Modificar declaración presentada".
Si ha realizado varias presentaciones, en una nueva ventana podrá seleccionar aquella autoliquidación que desea rectificar.
Se accederá directamente a la página de la declaración en la que indicar el tipo de modificación: si se trata de una declaración complementaria o una rectificación de la autoliquidación, apartado "Datos generales".
La rectificación de la autoliquidación podrá realizarse:
- Siempre que la Administración tributaria no haya practicado liquidación definitiva o liquidación provisional por el mismo motivo.
- Es necesario que no haya transcurrido el plazo de cuatro años desde el día siguiente a la finalización del plazo de presentación, o desde el día siguiente a la presentación de la declaración se ésta se presentó fuera de dicho plazo.
También podrá presentarse la rectificación desde presentaciones externas o desde fichero.
Marque la casilla 127 y, en la nueva ventana, la opción "Si desea iniciar un procedimiento de rectificación...". Se mostrarán los datos de la anterior autoliquidación: el resultado a ingresar de anteriores autoliquidaciones o liquidaciones administrativas correspondientes al ejercicio 2019 (casilla 670) o bien el resultado a devolver (casilla 695) y el "Número de justificante de la autoliquidación" de la autoliquidación cuya rectificación se solicita. Además, indique el número de cuenta (IBAN) en el que desea que se realice la devolución. Como novedad, siempre que en Renta WEB disponga del campo IBAN podrá copiar en el portapapeles el código y pegarlo en cualquier otro momento en la sesión.
Al incluir estos datos aparecerá un aviso en el que se informa de que si la declaración se ha de presentar en modalidad conjunta, la introducción de estos datos en la declaración, debe realizarse también desde esta modalidad.
En el caso de una declaración complementaria, marque la casilla 107 o la alternativa para indicar la causa que motiva la presentación de la declaración complementaria.
Modificación o inclusión de datos
Después de facilitar esta información, lo recomendable es trabajar sobre la declaración presentada, ya que la nueva comprenderá, además de los datos reflejados en la autoliquidación originaria, los de nueva inclusión o modificación. Para seguir cumplimentando la declaración, puede navegar por los distintos apartados desde las flechas disponibles o accediendo a "Apartados".
Tras subsanar los errores u omisiones de la autoliquidación recuerde que puede verificar los cambios desde "Resumen de declaraciones" y comprobar también el resultado de la declaración.
Presentación de la declaración modificada
A continuación, puede verificar los datos utilizando el botón "Validar" y confirmar si la declaración está correctamente cumplimentada. Por último, pulse el botón "Presentar declaración" para finalizar el procedimiento.
Al acceder de nuevo a su expediente podrá visualizar la declaración presentada en primera instancia y la rectificación posterior.