¿Se puede renunciar a la herencia de un hermano?

Mi hermano ha fallecido, casado en gananciales pero sin hijos. Ha dejado testamento legando la legítima a su mujer y a mis padres, y el resto a mi favor. Mi pregunta es que si yo renuncio a dicha herencia, ¿puedo hacerlo en favor de mis padres? Y si puedo, al fallecer ellos al ser yo la única hija viva ¿me corresponderían todos los bienes que posean ellos, incluidos los que yo renuncié de mi hermano?

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Sí, así es. Puede renunciar a la herencia, aceptarla y después donarla, vender su parte de la herencia... lo que más le convenga. Al fallecer sus padres en principia debería ser usted heredera universal.

Quedamos a su disposición,

Pedralbes abogados

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Entiendo que si usted repudia (renuncia) esa herencia no puede hacerlo en favor de sus padres, la parte que usted hubiera heredado incremantarála de los otros herederos o legatarios. Por otro lado si sus padres no tiene otro heredero que usted, salvo que por testamento dispongan otra cosa, usted será su heredera universal.

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Como ya le han dicho otro experto, la renuncia no es a favor de nadie. Incrementa la parte del resto de herederos.

Un abogado debe estudiar su caso concreto y la posible legislación de sucesiones de su comunidad autónoma.

Los herederos legales hermano son los padres, a falta de hijos y su viuda también tiene derechos (normalmente de usufructo).

Por lo que parece su hermano le dejo un legado. Antes de renunciar, estudie bien la renuncia.

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