Lo primero recomendarle se ponga en manos de un experto que le ayude con su caso concreto. Si lo desea, puede encontrar información de nuestro despacho jurídico, fiscal, laboral y contable en nuestra web.
Lo primero es dejar sin actividad en Hacienda, pero deberá seguir presentando declaraciones sin actividad el resto del año, así como impuesto de sociedades y depositar cuentas anuales en el Registro Mercantil, mientras no se liquida y disuelve.
La liquidación y disolución de una sociedad se ha de tramitar en notaria, y con acuerdo de los socios. Puede ser algo complejo los balances a realizar y el reparto del activo que quede... Así como tramitar los impuestos correspondientes. Luego se presenta escritura en Registro Mercantil y se cierra definitivamente en Hacienda.