Es obligatorio el pago de la pensión de los niños aunque por el estado de alarma hayamos cambiado el régimen de visitas?

Soy divorciada con las custodia de los niños yo y con régimen de visitas fines de semana alternos y miercoles y viernes duermen con su padre. La pensión es de 100€ por niño.

Debido al estado de alarma cambiamos las visitas por una semana cada uno para no hacer tantos viajes. Según mi ex como es como si fuera una custodia compartida no me paga la pensión estipulada.

Mi pregunta es si tiene obligación de seguir pagando la pensión aunque hayamos cambiado las visitas durante este estado de alarma por Covid19.

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Lo establecido en una sentencia de divorcio no puede ser modificado salvo por otra sentencia judicial, por lo tanto, tiene que seguir abonando la pensión de alimentos. Otra cosa, es que presente una modificación de medidas y solicite el reintegro de aquellas mensualidades que no procedieran, pero insisto, lo establecido en una sentencia ha de cumplirse hasta que otra lo modifique o extinga.

https://www.laborconsulting.es/divorcio-express.html 

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¿Haber si te paga 100 por cada niño y los tiene el? La respuesta es facil, ¿a no ser que le sobre el dinero? Estarà estipulado por un Juez y eso no se puede saltar. Pero entre los dos seguro que llegareis a una buena conclusion .

No me han contestado lo que yo he preguntado. Agradecería nueva respuesta.

La compartida seria que no tendria que pagar ni tu ni el, ahora si quieres que alguien te diga que el no puede saltarse la cuota impuesta por un Juez. Pues no deberia saltarse, aunque estemos en esta pandemia.

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