Obtención permisos sombraje en ático

Quería poner un sombraje en la terraza de mi atico. Una estructura con tres pilares de hierro y panel de sándwich encima. No estaría cerrado, la terraza hace forma de L y el "techo" Cubriría una parte de la L. Quiero saber si es necesario que la comunidad de vecinos apruebe esto, ya que no es obra sino una estructura desmontable y si es necesario pedir permiso al Ayuntamiento. Tenemos vecinos que quieren que sea de determinada manera y no nos dan margen así que quería saber hasta que punto es legal ponerlo como queremos nosotros en contra de la comunidad de vecinos y donde puedo encontrar los estatutos, decretos o leyes que hagan referencia.

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Es muy probable que necesite permiso municipal. Hay ayuntamientos que exigen licencia hasta para pintar el interior de su piso, así que imagínese. Podría no pedirla, pero dado que pregunta usted porque ya prevé que pueda tener problemas con los vecinos, si no dispone de licencia municipal y fuera necesaria, podría tener un problema si algún vecino decide denunciar.

En cuanto a permiso de la Comunidad, en principio también necesitaría y por mayoría de las 3/5 partes, por varias razones.

Seguramente, esa terraza es comunitaria de uso privativo. Lo primero que debería hacer es consultar si su Comunidad tiene unos Estatutos que regulen lo que se puede hacer o no en dicha terraza. Podría ser que no permitieran instalaciones como la que pretende realizar o, por el contrario, que lo autorizasen (aunque lo veo difícil). Los Estatutos los puede pedir al Presidente o, en su defecto, al Administrador. Si no los tienen, puede acudir al Registro de la Propiedad.

Por otra parte, aunque usted diga que es una instalación desmontable, imagino que va anclada, como mínimo al suelo. Si es así, no se considera desmontable. Desmontable es una sombrilla, que es "de quita y pon". Algo que va anclado, se considera fijo. Además, cuidado con anclar algo al suelo. Aunque sea otro asunto, no sería la primera vez que perforando el suelo se provocan filtraciones al piso inferior. En cualquier caso, instalar elementos fijos en una zona comunitaria, requiere permiso de la Comunidad (3/5 partes).

Además, esa instalación, tal como la describe, puede ser considerada un cerramiento, que, según el artículo 10.3.b de la Ley de la Propiedad Horizontal, necesita consentimiento de la Comunidad por mayoría de las 3/5 partes.

Gracias por la respuesta y toda la información. 

Después de la información facilitada me queda una duda. El permiso está pedido al ayuntamiento y en acta de hace seis años se aprobó por la comunidad más de 3/5 como comenta la instalación permitida, metros que se pueden ocupar, medidas, etc. Mi pregunta es la siguiente en el acta específica que el material ha de ser madera, es con el punto que no estamos de acuerdo porque un vecino lo tiene puesto y se ha deteriorado muy rápido queríamos hacerlo en aluminio o hierro galvanizado. ¿Cuales serían las consecuencias en caso de no respetar este punto? ¿Y también sería aún válida un acta de hace seis años? 

La consecuencia de no respetar el acuerdo podría ser que la comunidad denunciara su instalación y que el juez les obligara a retirarla.
El acuerdo de hace seis años sigue siendo válido.

Una última pregunta es si en uno de los áticos ya está la instalación realizada de dicho techado y no se ha denunciado en más de 5 años he leído algo como que entonces ya se da por aceptado este tipo de modificación, me podrían seguir denunciando entonces? En mi Ayuntamiento nos han dicho q no nos conceden la licencia finalmente y en el Acta del acuerdo de la comunidad pone que se necesita, pero mi vecino que la tiene construida no tiene licencia tampoco porque no se la concedieron. 

El Ayuntamiento, pasados unos años, ya no podrá sancionar a su vecino, pero eso no implica que no pueda sancionarla a usted y obligarla a deshacer la obra, si se decide a hacerla sin la licencia.

La cuestión determinante es que el consistorio tenga constancia de lo que usted hace o no. Para ello bastará con que alguien decida denunciarla. Es raro que el Ayuntamiento actúe por iniciativa propia, aunque no imposible (máxime teniendo en cuenta que usted ha solicitado la licencia y le ha sido denegada).

Si el cerramiento se ve desde la calle, es más probable que pueda tener problemas.

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Le iba a decir prácticamente lo mismo que el experto Polipros, de modo que me lo ahorro y le confirmo que todo lo que dice es cierto.

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Si se va a ver desde la calle, no lo hagas. Ni la comunidad ni el ayuntamiento te van a dar permiso. Te queda el hacerlo y correr con las consecuencias. Hay muchas cosas como estas por ahí pese a todo y todos, y ahí están.

Esta aprobado por ambos, solo que en la comunidad nos exigen que sea de determinada manera

En tu petición al ayuntamiento debiste poner los detalles, y hasta el plano o dibujo, de lo que pretendías hacer. Si es así, yo no haría mucho caso de que hayan "vecinos que quieran que sea de determinada manera", o eso es lo que has dicho. ¿Acaso ellos representan a la comunidad?

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