Lo primero recomendarle se pongan en manos de un experto que le ayude con su caso concreto. Si lo desea, puede encontrar información de nuestro despacho jurídico, fiscal, laboral y contable en nuestra web. Trabajamos con muchos no residentes.
Si usted tiene una propiedad en España, ha de tributar por ella, como no residente, bien por imputación de rentas (anual), bien por el rendimiento del alquiler (trimestral). Todo ello se ha de hacer por medios electrónicos (certificado digital).
Al ser residente en un país comunitario, se aplican las reglas de IRPF, aunque el modelo a presentar sea el de No Residentes.
Pero lo primero es regularizar su situación con la Hacienda de España, mediante un modelo 030, indicando su condición de residente en Francia y debería aportarse un certificado de residencia fiscal que le emite la Hacienda de Francia, en aplicación del convenio con España. Si usted estaba obligado a presentar declaraciones de no residente y no las ha presentado, puede ser sancionado, pero es mejor adelantarse a que le reclamen, si no lo han hecho ya.
Y debería tramitar un certificado digital, para relacionarse con la administración.