Lo primero recomendarle se ponga en manos de un abogado especializado, para ayudarles con todas las cuestiones necesarias y evitar problemas futuros. Si lo desea, puede encontrar información de nuestro despacho jurídico, fiscal, laboral y contable en nuestra web. Trabajamos con muchos no residentes.
Usted debe notificar el cambio de domicilio en Hacienda cuando se produce, además ha de inscribirse en el registro Consular de la Embajada de España en el país donde resida en el extranjero.
Es importante, notificar este cambio también en las entidades financieras (sus cuentas han de ser de no residente) e incluso en el Ayuntamiento (si se cambia dentro de España se lo notifican entre ellos, pero no si es fuera).
Si usted tiene bienes en España (una casa por ejemplo) pasara a tributar como no residente, en año próximo, lo que implica la presentación de declaraciones de no residente trimestrales (si la tiene alquilada) o anuales (por los periodos no alquilados) incluso por posibles ingresos de otro tipo que deban tributar en España, aunque usted luego aplique el convenio para evitar la doble imposición internacional en el país donde resida y donde tributara por todas sus rentas mundiales.