¿Es obligatoria una cuenta asociada a un fondo? Y, ¿Es posible una cuenta de titularidad compartida con un incapacitado?

A mi me gustaría saber si el hecho de suscribir un fondo de inversión implica necesariamente la obligación de crear una cuenta vinculada o por el contrario, ésta no es necesaria. También quisiera saber si podría crear una cuenta de titularidad compartida con mi hermana incapacitada de la que soy tutor legal.

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Respuesta

Lo primero recomendarle se ponga en manos de un experto que le ayude con su caso concreto.

Debería usted mantener separado su patrimonio del de su hermana incapacitada. Si el dinero es de su hermana, ella ha de constar como titular y usted estará autorizado (similar a cuando un menor tiene una cuenta bancaria, que es titular, pero los padres son los autorizados).

Tenga en cuanta las posibles necesidades de autorización judicial.

Como norma general, los fondos están asociados a una cuenta, pero depende del fondo en concreto.

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