El artículo del convenio establece, art. 30, que "La jornada máxima laboral anual será durante la vigencia del convenio de 1.792 horas de trabajo efectivo, respetándose las jornadas actualmente existentes que en su cómputo anual sean inferiores." No indica jornada semanal máxima. Si hace jornada de 40 horas semanales, y suponiendo que trabajan 5 días y descansan dos a la semana, quiere decir que hacen 8 horas al día, por lo que para cumplir con la jornada máxima de 1.792, deben trabajar 224 días. Si a los 365 días del año le restamos los 104 sábados y domingos, 14 festivos y 22 días laborables de vacaciones (los sábados y domingos de vacaciones ya están contados antes), tenemos que quedan 225 días. Es decir, deben tener un día más libre para trabajar 224 como máximo con 8 horas al día y cumplir la jornada de 1.792 horas