Si se vende una vivienda por debajo de su valor referencia

Si se vende una vivienda por debajo de su valor referencia, pongamos se vende por 100 y su valor de referencia en hacienda es 150, a la hora de hacer la declaración de la renta que valor, para el cálculo de la plusvalía por la ganancia patrimonial en el IRPF, se pone 100 que es el que figura en la escritura de venta o 150 que sería el valor que reclama hacienda autonómica una vez girada el recargo en el impuesto de transmisiones patrimoniales.

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Lo primero recomendarle se ponga en manos de un experto que le ayude con su caso concreto.

Usted debería declarar por el valor de referencia, pues de no hacerlo, la Agencia Tributaria le realizara una comprobación (con su correspondiente sanción) y aplicara la valoración de la Comunidad Autónoma que haya realizado al comprador en el expediente de comprobación de valores, pero en este expediente de Hacienda de la Comunidad Autónoma, usted no es parte y por lo tanto, ni siquiera puede personarse.

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