Si se vende una vivienda por debajo de su valor referencia
Si se vende una vivienda por debajo de su valor referencia, pongamos se vende por 100 y su valor de referencia en hacienda es 150, a la hora de hacer la declaración de la renta que valor, para el cálculo de la plusvalía por la ganancia patrimonial en el IRPF, se pone 100 que es el que figura en la escritura de venta o 150 que sería el valor que reclama hacienda autonómica una vez girada el recargo en el impuesto de transmisiones patrimoniales.
1 respuesta
Respuesta de Abogados Edo
1