Lo primero recomendarle se ponga en manos de un experto que le ayude con su caso concreto.
Usted tendrá que declarar el incremento patrimonial (en este caso minusvalía) en su declaración de RENTA (no pagara nada pero lo ha de declarar), además de presentar liquidación de la plusvalía municipal (aunque no pagará al vender con perdidas).
En cualquier caso, ha de tener en cuenta el valor fiscal del inmueble o el valor de mercado (especialmente si el comprador lo hace con hipoteca y por lo tanto con tasación), pues aunque usted venda por un precio, a efectos de los impuestos, no puede ser menor que el valor fiscal o de mercado. Si lo es, tendrán posiblemente una inspección (comprador de la comunidad autónoma y usted de la Agencia Tributaria) de comprobación de valores.