¿Dación en pago a mi hermano?

Tengo una hipoteca de un piso a medias con mi hermano. Nos estamos planteando que se la quede uno de los dos. Y me han comentado que se puede hacer una dación en pago de mi parte a mi hermano y quedar la hipoteca y el piso a nombre de él.

Respuesta
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Lo primero recomendarle se ponga en manos de un experto que le estudie su caso concreto y le ayude.

El principal problema es que al tener una hipoteca, han de hacer cualquier cuestión con el consentimiento del banco. Efectivamente, una opción es que su hermano le compre la parte de la vivienda a cambio de la deuda, asumiendo el la deuda hipotecaria. Pero esto requiere también de una novación hipotecaria, que ha de pactar con su entidad financiera.

En caso de no tener en cuenta a la entidad financiera, usted seguirá siendo titular hipotecario y no cambiará en nada la responsabilidad respecto ha la hipoteca.

Gracias por su respuesta

Cuando se refiere a una ayuda quiere decir que me asesore con un abogado?

Si. Un abogado que le estudie su caso concreto y le ayude con las opciones legales posible.

1 respuesta más de otro experto

Respuesta

Con independencia de que necesiten el placet del banco para que usted “salga” de la hipoteca, la forma más económicamente fiscalmente hablando, para lo que desea, es la extinción de condominio, respetando que no haya exceso de adjudicación. En la notaría a la que acudan les explicarán el procedimiento.

Gracias Pedro

Me gustaría que me explicara a que se refiere cuando dice exceso de adjudicación.

Y segundo su consejo es que vaya a una notaría o a un abogado?

Tercero, y que no lo he puesto en mi consulta, es que la hipoteca fue muy elevada y respecto al valor que puede tener actualemente el inmmueble pues ha podido reducir a la mitad. No se si eso puede ayudar a la información.

Y repito Gracias

1. Exceso de adjudicación significa que al extinguir esa comunidad ninguno de los dos debe recibir más que lo que le corresponda, ya que, en tal caso, la fiscalidad de la operación será más gravosa.

2. En la notaría le explicarán el tema de la extinción de la copropiedad, el tema fiscal es posible que tenga que consultarlo con un asesor fiscal.

3. Ese dato influye a la hora de calcular el aspecto económico de la extinción para no incurrir en exceso de adjudicación.

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