¿Es la igualdad recogida en el artículo 14 de la Constitución Española un derecho fundamental?

En la academia donde preparo oposiciones me han dicho que no lo es, ya que se encuentra fuera de la seccion 1ª del capítulo II del título I, que es el que recoge los derechos fundamentales. Sin embargo, en foros de internet sobre opositores, en un examen para la admón. Local consideraron como válida la respuesta de que SÍ es un derecho fundamental, incluso después de haberla impugnado, alegando que la doctrina constitucional así lo considera.

¿A quién hago caso?

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Acudiendo al literal de la norma NO ES UN DERECHO FUNDAMENTAL en tanto que aquellos son los que están en la sección I de ese Capítulo.

Es más un principio inspirador transversal a todo el ordenamiento jurídico.

Las interpretaciones del TC son eso interpretaciones y como tal pueden variar con el tiempo.

Si es cierto que la interpretación mayoritaria apunta al art. 14 como equiparable a D.F., pero lo que está más que claro que ninguna interpretación puede sacar ningún derecho de los comprendidos entre el 15 y el 29 ambos incluidos, fuera de los denominados derechos fundamentales.

Argumento si dan como fallo el decir que el art 14 NO es DF, que así lo recoge la CE en su literal y que el temario es la Constirucion, no las interpretaciones que de ella se deriven, si no en el temario debería poner CE e interpretaciones del TC y de los órganos judiciales.

Es cierto que el art. 14 goza de la misma protección y amparo que el resto de DF pero del literal de la norma no puede desprenderse que sea un DF.

Es todo un dilema jurídico.

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