Requisitos necesarios para la jubilación

Tengo 50 años y llevo 31 cotizados. Para tener derecho a la jubilación debería cotizar mínimo dos años más a partir de los 52 (entre los 15 últimos).

  1. ¿Podría cotizar estos dos años sin trabajar?
  2. Para el cálculo de la pensión ¿cuentan solo los años cotizados o también los que no se cotizan, por ejemplo, de los 54 hasta los 67 años?
Respuesta
1

I. Hola Francesc, por mi parte no puedo responderle por falta de formación, pero creo que podría tratar de atenerse o suscribirse a los convenios especiales de la seguridad social, es posible informarse en la tesorería provincial de un centro INSS de su localidad. Mediante estos convenios, tal vez logre cotizar los dos últimos años necesarios de manera permutada o alternativa,

https://www.jubilaciondefuturo.es/es/blog/como-afecta-el-convenio-especial-a-mi-pension-de-jubilacion.html 

https://cincodias.elpais.com/cincodias/2019/12/19/abante_asesores/1576747993_880043.html

Como quizás sepa, tambien existe un subsidio para personas mayores de 52 años, compatible con la pensión de jubilación a modo de suplemento económico, que hasta hace muy poco tiempo era dirigido a personas mayores de 55 años, de este modo han acortado en tres años la edad para poder percibirlo,

https://loentiendo.com/requisito-cotizacion-subsidio-mayores-55-anos/ 

Lamento no saber orientarle de primera mano, si lo desea y mientras le responde un experto, podría revisar estos enlaces y texto, con información relacionada. Disculpe las molestias, ánimo y suerte.


Falta de años cotizados para la jubilación

https://www.campmanyabogados.com/blog/jubilacion/requisitos 

**Para conocer la pensión que tendremos en el momento de jubilarnos, lo primero que debemos saber la media de lo que hemos cotizado los últimos años, lo que se conoce como la base reguladora de la pensión, que tiene en cuenta la cotización de los últimos años antes de la edad de jubilación.

Hasta la modificación de 2013, para hacer el cálculo se tenían en cuenta las bases de cotización de los últimos 15 años.

Con el cambio de 2013, se ha ampliado de 15 a 25 el número de años que van a computar para realizar el cálculo a partir del cual calcularemos el importe de la pensión. Desde 2022 se van a tener en cuenta las cotizaciones de los últimos 25 años.

Entre 2013 y 2022 hay un periodo transitorio para ir ajustando la normativa antigua a la nueva, así, por cada año natural que pasa se va ampliando en un año el número de años que cuentan para el cálculo de la base reguladora de la pensión.

Así en 2013 fueron 16 años, 17 años para los que se jubilaron en 2014, en 2015 contaron los últimos 18 años, el año pasado -2016- fueron 19 años, los que se jubilan en 2017 les van a contar lo que hayan cotizado en los últimos 20 años, y así vamos sumando un año hasta llegar a los 25 para los que se jubilen en 2022 y los años siguientes.

Para corregir la inflación, el aumento de precios, hay que multiplicar las cotizaciones más antiguas por unos coeficientes para ajustar las cifras al nivel de precios del momento de la jubilación, ya que no es lo mismo cotizar por 1.000 euros en 2010, que cotizar por los “mismos” 1.000 euros en 2017.

- Ajuste de la base reguladora de la pensión a 14 pagas

Una vez tenemos el importe de la Base Reguladora, hay que hacer un ajuste para anualizar la pensión ya que la pensión la vamos a cobrar 14 veces al año: una vez al mes y dos pagas extras.

Por ello una vez calculada la Base Reguladora, hay que multiplicarla por un factor para convertir la cotización anual en 14 pagas, para ello deberemos multiplicar las cotizaciones cantidades cotizadas por el número de meses y anualizarlo a 14 pagas.

Por ejemplo los que se jubilen en 2017, les van a contar los últimos 20 años y deberán multiplicar por 240 y dividirlo por 266. 240 corresponde a 12 meses x 20 años, y 266 a 14 pagas x 20 años.

Coeficiente reductor sobre la base reguladora

Una vez calculada la base reguladora hay que ir aplicando los coeficientes correctores. El primero de los cuales es el número de años cotizados en toda la vida laboral, algunos ejemplos para los que se jubilan en 2017:

  • Recibirán como pensión el 50% de la base reguladora los que solo hayan cotizado 15 años.
  • Si hemos cotizado solo 20 años: recibiremos el 62,6% de la base reguladora
  • Cobraremos el 100% para los que se jubilen en 2017, los que hayan cotizado 35 años y medio cotizados, siempre que no supere la pensión máxima

Necesidad de planificación la jubilación

La futura evolución de las pensiones publicas hace necesario planificar nuestro nivel de vida en la jubilación, analizar que ingresos podemos tener en el futuro y cuáles van a ser nuestras necesidades, desde Plandepensionesjubilacion. Es nos ponemos a tu disposición para analizar tu situación y ver qué alternativas para ahorrar de cara a la jubilación son más adecuadas para conseguir tus objetivos, puedes enviarnos un email a [email protected] o rellenar nuestro formulario de asesoramiento.

1 respuesta más de otro experto

Respuesta

Con 50 años no es posible jubilarse aunque tengas 30 años cotizados. La edad de jubilación mínima son 65 años y en el caso de una jubilación anticipada voluntaria, la edad se situaría en los 61 años. Tal y como explican desde NoticiasTrabajo

La única opción a esa edad es cuando sufres una discapacidad que permite adelantar a la edad hasta los 52 años.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas