Pago del Fogasa tras un ERE

Mi empresa va a hacer un ERE porque va a cerrar pero aún no se ha declarado insolvente ni está en concurso de acreedores. Entendemos que cuando se llegue a un acuerdo dirá que no puede pagarnos para que vayamos al FOGASA. El abogado que nos asesora nos dice que de todas formas tendríamos que demandar a la empresa para poder cobrar la indemnización. Yo no entendía eso.

¿Esto es así? ¿Qué plazos hay para poder cobrar?

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Respuesta

Tienes que demandar a la empresa y que haya una sentencia condenatoria y luego un decreto de insolvencia... Haz caso a tu abogado

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