Mi madre se está muriendo y soy hijo único, ¿Puede haber problema con la cartilla de ahorros que tiene?

Lamentablemente mi madre se está muriendo en un hospital y le queda poco tiempo de vida.

Ella dispone de una cartilla de ahorros con una cierta cantidad de dinero pero mi nombre figuraba ahí pero ella en vida me quitó.

A la hora de rescatar ese dinero que hay en la cartilla, ¿puede haber algún problema cuando ella fallezca?.

Respuesta
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Una vez que tenga que hacer declaracion de herederos la cuenta se desbloquea.

Retirar dinero antes de que suceda el òbito no se si usted puede usar su cartilla de ahorros, si tiene autorizacion puede, lo que si puede es guardarla siempre y cuando no la guarde antes algun hermano si lo tiene, de todas formas todo saldrà a la luz a la hora de poner las cuentas claras, es importante saber en que entidad bancaria tiene sus ahorros, luego estan obligados a desbloquear la cuenta para los herederos .

Bueno al ser hijo unico no tiene problema, el banco esta obligado con los herederos !

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Respuesta

La cuenta quedará bloqueada hasta que presentes la declaración de herederos y los trámites de liquidaciones, si procediere del Impuesto de Sucesiones.

Lo mejor es que si puedes, mientras esté viva, retires una buena cantidad para hacer frente a los gastos, hasta que concluyan todos los trámites y entonces la cuenta pase a tu nombre o si lo prefieres, retires el saldo y la canceles.

Si hubieses seguido como cotitular no se hubiese presentado este problema, porque solo te hubiesen bloqueado la mitad de la cuenta.

Mi madre acaba de fallecer.

Me han dicho que cuando la compañía Santa Lucía me dé el certificado de defunción, entonces ya podría iniciar los trámites para recuperar el dinero de esa cuenta.

¿Es eso correcto?.

No.. Mira, te comento que nadie como la aseguradora, que además estará estipulado en la póliza la ayuda para estos trámites, como digo, es la que mejor te orientará. Ella te proporcionará el "certificado de defunción".

Con la partida de defunción, en cuanto la lleves al banco, para solicitar "certificado de saldo" al día de la defunción, esa cuenta quedará bloqueada.

Con el certificado del saldo y la partida de defunción hará falta el certificado de "ultimas voluntades" si mal no recuerdo. Supongo tu madre tendría testamento. Me parece que la aseguradora te la puede proporcionar. Si no tiene testamento, pues no se el trámite.

Luego, dependiendo de la CC. AA. Que vivas, tendrás que efectuar o no, la "Liquidación del Impuesto de Sucesiones". O sea, el "sablazo" que te pegan, para poder recuperar un herencia.

Con el justificante de haber liquidado dicho impuesto, entonces vas al banco y desbloquean la cuenta y proceden a ponerla a tu nombre, o como te digo, la puedes cancelar y reembolsarte o transferir el dinero.

No recuerdo ahora mismo si todos estos pasos son necesariamente en este orden, o me he saltado algo, pero si te digo que en cuanto el banco "se entere" (con el certificado de defunción claro) la cuenta se bloquea hasta que finiquites todo el papeleo.

Repito de nuevo: que te aconsejen en la aseguradora y si tienes autorización, clave, tarjeta o cartilla para sacar dinero, lo puedes hacer tranquilamente para tener una reserva antes de pedir el comentado "certificado de cuenta" necesario para los trámites y que originará el bloqueo.

Bueno... se me olvidaba, aparte de eso, quedará la liquidación del impuesto de otros bienes que posea, como puede ser su vivienda.

Lo dicho... pide orientación a la aseguradora y trámites a seguir. Algunos te los hacen ellos.

Saludos y mi mas sentido pésame. D.E.P.

Se me olvidaba que el bloqueo es para sacar efectivo, pero si son válidos los cargos que se efectúen por ejemplo, electricidad, agua, etc... por lo que tranquilo, no te devolverán los recibos por eso.

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