Usted ha firmado un contrato que obliga a ambas partes. A ellos les encarga, durante un período de tiempo, el trabajo de buscarle un comprador. Ese trabajo requiere un esfuerzo de tiempo y recursos (fotografías, publicidad, visitas, etc.). Por tanto, para la inmobiliaria se trata de una inversión. Si hacen mal su trabajo y acaba el plazo sin haber conseguido la venta, el esfuerzo habrá sido en vano. Pero si le presentan a un comprador interesado en la compra y es usted quien se niega a vender, ¿no le parece normal que ellos tengan derecho a cobrar por el trabajo realizado? Al fin y al cabo han hecho lo que se les pedía en el contrato: conseguir que usted venda el piso. Pero es usted quien renuncia. Ellos no pueden obligarle a usted a vender, puesto que el piso es de usted. Pero sí tienen derecho a hacer valer el contrato, en el que usted se obliga a pagar si decide rechazar la oferta de compra, si ésta llega.
Usted dice que aún no se ha formalizado la oferta, por lo que usted aún no la ha rechazado. Pero tenga claro que si el posible comprador se decide y usted se echa atrás, la inmobiliaria va a exigir los honorarios por su trabajo que, al fin y al cabo, ha realizado diligentemente.