Soy el propietario de un chalet. Y lo voy a alquilar 2 años y al final de ese periodo el comprador. Lo compra

Tengo un chalet. La inmobiliaria me a encontrado a una persona que quiere un año de alquiler y renovarlo otro año. Total 2, al finalizar ese tiempo la persona se compromete a pagarlo. La inmobiliaria quiere hacer un. Contrato en el que el futuro comprador. Me entrega el día de la firma del contrato el 10% del valor de la vivienda. Mi pregunta es.. ¿Hay qué hacer un contrato de árras el mismo día de la firma del contrato de alquiler? Que cláusula hay que poner para que el comprador no me reclame el 10 %del valor de la vivienda. Que me entregará el día de la firma del alquiler. Y 2 cosas más, como puedo ver o saber si la inmobiliaria está dada de alta. Ya que no disponen de local físico. Y no me sale nada por Internet. Y la última duda, la inmobiliaria quiere que le de el 3% de su comisión. Pero si hasta dentro de 2 años. No lo compra el interesado. Lo. Lógico no sería que del 10%del valor del chalet que me va a pagar el inquilino yo. Les diera a ellos el 3% y ya cuando se firme la venta darles el 3% del otro 90%.

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Le recomiendo que no firme nada ni reciba ningún dinero sin que antes estudie el asunto un abogado de su confianza, con lo que explica me da la impresión de que esa inmobiliaria no distingue entre una opción y un compromiso de compra y tampoco conoce bien la ley de arrendamientos urbanos. Tenga prudencia, luego no hay marcha atrás.

En mi blog www.pedrohernandezabogado.com tiene abundante información sobre este tema y creo que le puede ser de utilidad.

Claro mi duda es... Si se le hace un contrato de alquiler de 2 años. El inquilino puede estar 5 años. Según la última modificación. El cuando me tiene que pagar el 10%.cuando se haga el contrato de atrás? El cual se puede hacer el mismo día, que la firma del contrato de alquiler. La de la inmobiliaria me dijo de hacerle un contrato de un año y renovarselo otro más. Ya que el futuro inquilino Le a dicho que en 2 años lo puede pagar. Y otra duda yo como vendedor Le tengo que pedir alguna declaración de la renta o algo. Al futuro, comprador? 

El contrato de arrendamiento se rige por la LAU, en este momento tendrá una duración mínima de tres años. Lo importante es que tenga claro si le va a dar una opción de compra o él asume un compromiso de compra. Es fundamental para documentar la entrega inicial. Antes de entregar las llaves de un inmueble conviene cerciorarse de la solvencia de quien la solicita.

Como me cercioro de la solvencia? Le pido alguna documentación al futuro inquilino a través de la inmobiliaria? Ya sabes que algunas inmobiliarias lo importante para ellas es vender y llevarse la comisión y luego el problema para el vendedor si pasa algo. El dice que en 2 años lo compra. De ahí de dar el 10 % a la firma del. Contrato de alquiler. Por cierto serían 2 contratos uno de alquiler y otro de árras? Gracias 

Usted mismo se da la respuesta, las inmobiliarias suelen preocuparse solo por su comisión, como le digo necesita un abogado de su confianza, no se resuelve ese asunto con un contrato de alquiler y otro de arras, de copiar y pegar.

¿Ha leído mi blog?

Si, muy interesante. Durante los 2 años de alquiler con compromiso de compra, el segundo año. Le formulo, la última pregunta. Yo tengo el chalet asegurado tanto continente como contenido. El inquilino puede hacerse otro seguro de continente y contenido? Quiero olvidarme del chalet, hasta que se venda. Sin recibir alguna llamada de que tal cosa se a roto o estropeado. Gracias 

El inquilino optante debe asegurar su responsabilidad civil, pero recuerde que el seguro de hogar no es como el “todo Riesgo” de los automóviles.

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Estás hablando de un "alquiler con opción a compra". Para ésto hay un modelo que las inmobiliarias conocen muy bien. Puedes bajártelo también de internet. De hecho es un contrato normal y corriente de alquiler en donde se conviene que, vencido el plazo, el comprador puede ejercer el derecho a que se formalice la compra-venta por un precio estipulado, reconociéndose como parte de pago lo entregado por este concepto (tu hablas de un 10%) más una parte de los alquileres pagados (acostumbra a ser el 50%). El presunto comprador puede echarse atrás, perdiendo todo lo pagado, pero tu no. En cuanto a la comisión a pagar a la inmobiliaria, lo lógico es que se cobre un porcentaje de los alquileres conforme estos se vayan pagando, y que reciba, como tu bien dices, la comisión ahora sobre lo pagado de anticipo, y después sobre el 90% restante. No te olvides que quien pone las condiciones eres tu. Las inmobiliarias a veces se pasan de espabiladas. Pídeles el borrador de lo que vais a firmar antes de la firma, para que puedas leerlo con atención.

Vo que te preocupa si la inmobiliaria está o no dada de alta. El que debería preocuparse es el arrendatario/comprador. Tu, con pagarles la comisión en un cheque nominativo a su nombre, te basta.

Después de mandarte mi respuesta, leo lo que te ha contestado "Pedro abogado". Hazle caso.

¡Gracias! Luego miro ese tipo de contrato. Se puede poner contrato de alquiler con opción a comprado de 2 años o de un año, renovable por otro más? 

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