División del bien común y procedimientos

Soy propietario pro indiviso de un inmueble junto a otra persona. Ambas queremos vender, pero no nos ponemos de acuerdo en el precio. Sé que según el código civil puedo solicitar la división del bien común y salir del indiviso. Conozco el procedimiento. Mi duda es, que ocurre cuando admitido a trámite, se fija un precio de venta en subasta pública y una vez consolidada la. Misma habiendo comprador, ¿el importe resultante no es suficiente para liberar las cargas hipotecarias del inmueble?.

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Respuesta

Se les sugiere una subasta voluntaria, que además se hace en notaría y no es necesario incurrir en gastos judiciales y en los sofocos propios de los litigios. Sea como fuere, toda subasta tiene unas condiciones llamadas "particulares" (aparte de las generales de la ley) en que se fija el valor por el que la propiedad va a ser subastada. Ese valor constituye la base sobre la que se salda una escala de porcentajes: si alguien pone el 100%, se lleva la propiedad; si pone el 80% y se pueden cubrir las cargas, queda en manos del propietario... así sucesivamente. Es decir: no existe el riesgo de adjudicación en favor de tercero que no ponga el 100%.

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