¿Me pueden desahuciar del piso de alquiler?

Vivo en un piso de alquiler. He pagado siempre el alquiler, la luz y todo religiosamente. El problema es que el arrendatario quiere que nos vayamos, y la verdad es que nosotros también si él quiere que nos vayamos. El problema es que por más que busquemos, encontrar alquiler es casi imposible ya que somos 6; los padres, hijo mayor estudiante de 20, dos adolescentes y un bebé de 2 años. Y solo tenemos una nómina garantizada del padre y el hijo trabaja ocasionalmente cuándo puede. Ahora tenemos de fecha límite el 1 de enero, las asistentas sociales dicen que no pueden hacer mucho. Quería saber qué podría pasar llegada la fecha. ¿Nos podríamos quedar en la calle? ¿Hay alguna otra solución?

Lo único que nos queda ahora mismo es que el hijo mayor aparque sus estudios y encuentre contrato a tiempo completo por lo menos hasta que encontremos casa.

2 Respuestas

Respuesta
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Habría que conocer la razón por la que el arrendador quiere dar por terminado el contrato, puede ser que haya agitado su duración y las prórrogas legales, ¿de qué fecha es ese contrato?

Disculpa por no responder en su momento. Por alguna razón no me llegó la notificación.

Sobre el alquiler. Entramos en agosto de 2017. Creo que luego hubo una renovación en 2019 porque subió un poco el precio de alquiler y se tuvo que redactar otro, creo. El error que cometió mi padre fue firmar un contrato donde decía que el 1 de enero de 2022 nos teníamos que ir. Esto lo firmó hace casi 1 año pensando que no tendríamos problema en irnos y el dueño le presionaba. La duda que tengo es si nos pueden deshauciar, porque estamos en un estado muy vulnerable ahora mismo. Él dice que tiene abogado preparado en caso de que no nos hayamos ido el 1 de enero. Cómo le digo hemos pagado todas las mensualidades y todas la facturas de luz, agua, basuras... 

Si han firmado un nuevo contrato con posterioridad a marzo de 2019, tiene derecho a prórroga de cinco años, aunque exista eso papel de que se marcharán el próximo enero.

Respuesta

Si usted ha cumplido con sus obligaciones previstas en el contrato de arrendamiento no le pueden desahuciar. Lo que podría haber es una resolución contractual por finalización del contrato de arrendamiento.

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