Servidumbre de paso finca rústica
Los abuelos de mi mujer tenían una finca rústica, ( un olivar 250 olivas) hicieron Cuatro partes de la finca cada parte para cada hijo, hace unos 70 años, la parte de mi mujer está en el Medio de la finca, y de siempre toda la vida hemos pasado por las otras partes de la finca para llegar a la parte de la finca de mi mujer por q no se puede pasar de ninguna otra forma no hay ningún camino, y por la parte de mi mujer pasan los herederos de las otras partes de la finca para llegar a su parte de la finca, hace unos días los erederos de un tío de mi mujer, ha vendido una parte de la finca el comprador nos dice q si el quiere no Podemos pasar por la parte de la finca q ha comprado para ir a nuestra parte de la finca. Mi pregunta: ¿Esto q dice el comprador es correcto? Nosotros de todas la vida hemos pasado por las otras partes de finca por q no hay forma alguna de llegar a nuestra parte sin pasar por las otras partes de la finca. También quiero Preguntar, Yo, ¿lindero de la parte de la finca q han vendido tendría preferencia d compra? ¿Por la misma Cantidad q se ha vendido?.