Igic o Iva por los honorarios

He contratado los servicios de un abogado que está en la península y se ha realizado todo a través de e-mail, ni siquiera se ha llegado a juicio porque ha habido acuerdo. Yo soy canario y resido en canarias. ¿En los honorarios me debe cobrar IVA o IGIC?

Respuesta
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Como norma general, le han de facturar con IVA pues el abogado esta en la península.

En cualquier caso, hay que estudiar a que se corresponden esos servicios, pues en determinados casos si son para canarias, se trataría de una exportación de servicios y por lo tanto sin IVA, ni IGIC.

Los servicios son para la reclamación de una tarjeta revolving, sólo eso.

Como norma general, entendemos le han de facturar con IVA. Especialmente si el servicio se ha prestado desde la península y siendo usted un particular.

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