La desestimación de medidas cautelares en una demanda

En mi comunidad unos vecinos dueños de 4 locales no quieren pagar su parte de las obras de fachada que la ITE nos dijo que hiciéramos al edificio porque se esta rajando y hay que repararlo.

Se niegan, aludiendo a un acuerdo privado del año 1982 (que nadie conocía )en la que el presidente de entonces y los por entonces dueños de esos locales (muertos ) ahora son otros, les esgrimían de pagar ninguna derrama a perpetuidad ni gastos de escalera.

Yo al enterarme que he llegado a la comunidad hace 3 años me eche las manos a la cabeza. Teníamos un administrador que nunca nos dijo nada y lo echamos por robar y por más cosas de este estilo. Al irse el administrador hemos visto que había acuerdos como el que menciono.

En el acuerdo, casualmente no hay firma de ningún vecino, solo de el por entonces presidente y de los antiguos dueños. N las actas comunitarias este acuerdo ni se menciona.

El contrato tampoco esta elevado a publico .(lo hemos averiguado en la notaria).

Por lo que la comunidad le hemos exigido a estos dos sujetos que paguen su parte de derrama .

Después de enviarle un burofax pidiéndoles que por favor pagaran su parte de derrama nos denuncian a la comunidad alegado que su contrato es legal y nos piden también medidas cautelares.

Tuvimos hace 2 meses vista previa al juicio para medidas cautelares que estos vecinos pidieron, que eran la impugnación del acuerdo de arreglar la fachada y su consiguiente derrama, y esgrimirles de cualquier gasto de escalera y fachada.

Hoy me ha llegado la resolución desfavorable para ellos de las medidas cautelares.

Mi duda es, ¿esto significa que el juicio se inclina a favor de la comunidad?

No se como interpretarlo.

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Al margen de lo de las cautelares, tal como recoge los hechos me sorprende que los locales hayan sido tan imprudentes como para demandar a la comunidad. Si no hay acuerdo de junta, reflejado en acta, aprobado por unanimidad, no se les puede eximir de esos gastos. E incluso en caso de que lo hubiera, si no se inscribe para hacerlo público, no afecta a futuros propietarios. Se trata de un cambio a nivel estatutario.

No sé qué ha hecho el corrector. Donde dice "tal como recoge los hechos" debía decir "tal como describe los hechos".

Si, a mi también me sorprendió.No hay acuerdo en junta de eximirles de ningún pago, porque hemos mirado el libro de actas entero, solo tiene un pacto privado entre el antiguo presidente(fallecido) y el antiguo dueño de esos locales (fallecido)y nunca se elevo a público.

Ese documento lo hizo otro administrador (fallecido) y vendrá al juicio a testificar el hijo de ese administrador que sinceramente no se yo que puede aportar .

Pero el hecho de que la juez les haya denegado las medidas cautelares significa que lo tenemos mejor nosotros supongo, ¿no?

Doy por hecho que sí. El presidente no puede llegar a ningún acuerdo privado con ningún comunero, en nombre de la comunidad.

Al final hemos ganado el juicio la comunidad y tienen que pagar las cuotas que debían y gastos de costas .

Así que todo a sido favorable para la comunidad, muchas gracias

Me alegro!

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