Seguro de contenido en piso de alquiler

Estoy de alquiler en un piso donde no tengo seguro de contenido ni de continente a mi nombre. El arrendador me dice que él sí que tiene seguro do continente, pero no de contenido. Me dice que él piensa que por ley el arrendatario tiene que contratar un seguro de contenido. Me imagino que se equivoca en esto y que yo no tengo ninguna obligación legal de tener dicho seguro. ¿Algún experto me podría aclarar este aspecto?

Mi otro pregunta está relacionada: acaban de cambiar la instalación del agua del bloque por agua directa con más presión. El instalador me ha dicho que nuestro piso es el único con tuberías de plomo antiguas y que podrían no aguantar la nueva presión. Como en la anterior pregunta, imagino que el responsable legal de daños a pisos colindantes en caso de tuberías rotas dentro del piso sería el propietario. ¿Es así?

3 Respuestas

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El inquilino no tiene obligación legal de seguro de contenido. No obstante es recomendable pues los enseres de su propiedad que sufran rotura o deterioro por causas no imputables ajenas son de su responsabilidad.

El arrendador sí, por lo menos de continente y si quiere, extenderlo a algunos de los enseres o instalaciones que sean de su propiedad en la vivienda, ya que los daños ocasionados por rotura de tuberías, propios o a ajenos, como en el caso que comentas y que no sean achacables a la comunidad de propietarios le corresponden a él.

Deberías comunicarle a tu arrendador, por si no lo ha hecho el instalador, la novedad referente al nuevo grupo de presión y a lo que se expone, ya que el cambio de tuberías o reparaciones, corre a su cargo.

¡Gracias! Muy informativo y completo, gracias. Ya se lo he  comentado al arrendador y le he dado el número del instalador para que se lo expliqué personalmente. 

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" Me imagino que se equivoca en esto y que yo no tengo ninguna obligación legal de tener dicho seguro. ¿Algún experto me podría aclarar este aspecto?"

No, usted como arrendatario no tiene obligación de contratar ningún tipo de seguro sobre la vivienda alquilada.

"El instalador me ha dicho que nuestro piso es el único con tuberías de plomo antiguas y que podrían no aguantar la nueva presión. Como en la anterior pregunta, imagino que el responsable legal de daños a pisos colindantes en caso de tuberías rotas dentro del piso sería el propietario. ¿Es así?"

Si, es correcto.

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Efectivamente usted no tiene obligación legal de contratar ningún seguro, pero es una temeridad que el inquilino de una vino tenga seguro de responsabilidad civil, imagínese que se produce un incendio que afecta al piso de arriba. Le dejo un enlace que le puede interesar https://www.pedrohernandezabogado.com/2020/10/la-responsabilidad-por-el-incendio-en.html 

¡Gracias! Muy completa la información y el enlace. Estoy de acuerdo en que es más que recomendable tener seguro de hogar como inquilino. Mañana mismo tengo cita con un corredor de seguros. Un saludo

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