¿Declarar en IRPF compra segunda vivienda es obligatorio?

Por mis ingresos no tengo obligación de presentar la declaración de la renta, pero me pregunto si haber adquirido un nuevo inmueble me obliga a tener que presentarla. Tiene un valor catastral de 18.500 euros, por lo que creo que no me supondría imputación de rentas inmobiliarias.

Si no tengo la obligación de presentarla... ¿debería de comunicar a hacienda igualmente que poseo este nuevo inmueble?

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Lo primero recomendarle se ponga en manos de un experto que le ayude con su caso concreto.

Hacienda, posiblemente, en sus datos fiscales ya sabe que usted es propietario de esa segunda vivienda. Y efectivamente se ha de imputar una renta.

Revise su borrador y si no esta incluida, debe indicarla. El propio programa web de la Agencia tributaria le indicará si esta o no obligado presentar la declaración.

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No existe obligación de presentar declaración cuando las rentas inmobiliarias imputadas, los rendimientos íntegros del capital mobiliario no sujetos a retención que procedan de letras del Tesoro y las subvenciones para la adquisición de viviendas de protección oficial o de precio tasado, no superen en conjunto los 1.000 euros íntegros anuales.

Si la imputación de rentas sobre el inmueble adquirido no alcanza los 1.000 euros, justo con el resto de rendimientos si los tuviera señalados en el párrafo anterior, seguiría sin la obligación de declarar.

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Hacienda ya lo sabe, pues ha ido a un notario, al registro de la propiedad, la plusvalía, a un banco para una hipoteca... por tanto lo último, es declarar en la renta el incremento patrimonial. Ha de saber que dependiendo de su edad o situación podría estar exento de pagar estos impuestos.

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