Baja suministros tras contrato de arras

He vendido mi piso. Me han dado la señal de arras pero la fecha de la compraventa en el notario está fijada para mediados de Septiembre. Tengo 2 preguntas al respecto.

1.- Puedo dar de bajar los suministros (luz, agua y gas) con el consiguiente perjuicio para el comprador que deberá darlos de alta de nuevo aumentando el coste con respecto a un cambio de titularidad de los mismos o tengo que entregarle el piso con luz, ¿agua y gas?

2. El comprador no quiere los muebles y dice que los saque de la vivienda. ¿Estoy obligado a contratar una mudanza con el consiguiente coste para sacar y tirar los muebles ya que yo tampoco los quiero o me puedo negar a ello?

En el contrato de arras no está especificado nada respecto a ninguna de las dos cosas.

2 Respuestas

Respuesta

Pues es curioso, ya que ambas cuestiones deberían haber sido pactadas antes de acudir al notario.

Respuesta

No sé hasta que punto tu puedes dar de baja los servicios de luz, gas y agua pues este señor compró la casa "tal como estaba". Me temo que, de hacerlo, puedas vuelto envuelto en un pleito. Pero me pregunto, ¿tanto te cuesta asumir el pago de los mínimos durante este período? Estás hablando de "cuatro perras".

En cuanto a lo de retirar muebles, si no se dijo nada al respecto, se entiende que la casa, como ya te he dicho, ha sido vendida tal como está. No tiene sentido que el comprador te ida que retires los muebles.

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