Derecho a elegir periodos de vacaciones
Trabajo en comercio y tengo el convenio de grandes almacenes.
Dicho esto, llevo varios años en mi empresa como responsable y siempre hemos podido coger vacaciones, cuadrando entre nosotros siguiendo los periodos de 21 días de junio a septiembre y los 10 días en enero a mayo y octubre.
La cosa es que nos han cambiado el gerente, y nos ha puesto turnos vacacionales con fechas ya determinadas donde no podemos coincidir mas de 2 personas en los turnos establecidos en los 21 días de junio a septiembre y en los de 10 días no mas de 1 persona cada turno. Eso conlleva que en semana santa solo pueda cogerla una persona, o en agosto 2 personas cuando en otros años hemos coincidido 3 e incluso 4 personas.
¿Eso se puede hacer? Es que eso limita la conciliación familiar, puesto que si quiero disfrutar de vacaciones con mi hija solo lo puedo hacer en agosto, semana santa o navidades.
Me gustaría saber en dicho convenio que derechos tengo yo a elegir mi descanso.