Obligación de domiciliar las facturas de luz
Tras un corte de luz solicitado por una impresentable inquilina, para darlo de alta la compañía me exige un N° de cuenta bancaria y el importe del alta ya lo cargan en la primera factura. Yo necesito la solicitud y la factura del alta por separado para reclamarlo a la exinquilina.
Ante esto, me urge saber:
-¿Estoy obligado a domiciliar la luz?
-¿Puedo exigir una factura únicamente del alta?