Informar al inquilino de la liquidación
Mi inquilino y yo acordamos en contrato una duración mínima de 6 meses.
Por wasap me comunicó que no quería seguir con el alquiler (sin indicar la fecha en la que se quería ir e incumpliendo el contrato ya que debíade comunicarmelo por escrito) así que como en contrato tenía que preavisar con 30 días de antelación entiendo que si me lo comunicó el 14 de marzo se marcha el 14 de abril. Aunque el día 30 de marzo (porque nos venía bien a los dos) entrega las llaves y comprobamos que el piso está limpio y apto.
No obstante, al día siguiente me doy cuenta de que la alcachofa de la ducha está rota, no funciona el microondas y una lámpara de techo está rota también.
Mi pregunta es: ¿Puedo reclamarle el arreglo de estas cosas si ya hemos firmado la entrega de llaves?
Aunque las llaves se hayan entregado antes, entiendo que debe pagar el alquiler hasta el 14 de abril y los suministros también hasta esa fecha ya que es además la fecha en que se cumplirían los seis meses de alquiler mínimo acordado en contrato.
¿Debo mandarle a su nueva dirección la liquidación?, es decir, la fianza que pagó menos el último mes de alquiler (que no pagó) el coste de los suministros hasta esa fecha y el coste de las reparaciones de las cosas que están en mal estado en la vivienda y que descubrimos al día siguiente (tengo fotos con fecha y vídeos que grabé para demostrar estos desperfectos si fuese necesario)