Quién debe realizar el mantenimiento / sustitución de una pergola instalada en zona comunitaria de uso privatico

En una comunidad de propietarios de 12 casas adosadas, los jardines y terrazas se consideran comunitarios de uso privativo. En la terraza posterior cada casa dispone de una pergola. Con el paso de los años, se han ido deteriorando, algunas mas que otras ya que no todos los propietarios han realizado el mismo mantenimiento.

Ahora se está planteando reemplazar las pergolas con cargo a la comunidad.

A mí no me parece lógico no coherente y creo que cada propietario debería asumir el coste de reparación o reemplazo de su pergola.

¿Me podéis decir cúal es el criterio habitual y si hay jurisprudencia en casos similares?

3 respuestas

Respuesta
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Se sobreentiende que venían cuando se compraron.

Si es así, son comunitarias.

Pero eso es un problema, dado que desconocemos dicho deterioro.

Pero de entrada, es un coste comunutario

Gracias Veronica, supongo que lo único que podría decir es que no se ha realizado el mantenimiento adecuado y si es así, cada propietario tendría que asumir el coste

Las barandillas de las terrazas son de uso privativo, si se pintan o se cambian por corrosión, es la comunidad quien corre con el gasto

Cual es la diferencia entre pergola y barandillas, expliquenoslo francisco poveda

Respuesta
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Que el "uso" sea privativo no garantiza que el reemplazo o reparación vaya a cargo de cada propietario, ni tampoco lo contrario.

Yo consultaría la Escritura de Compraventa o, en su defecto, la Escritura de División Horizontal, para ver si dice algo al respecto. En ocasiones consta que cualquier gasto de reparación de los elementos comunes de uso privativo corren a cargo de quien los disfruta. Pero si no es así, son a cargo de la Comunidad.

Respuesta

No es un gasto comunitario por cuanto el “uso” es privativo. Cada uno pues que “aguante su vela”.

Gracias Francisco por tu respuesta. Me podrías indicar si hay alguna jurisprudencia en algún caso similar?

Saludos

A mi entender, una cosa es la terraza en si (el suelo, los. Muretes divisorios, por ejemplo) y otro una pérgola que nay dentro de su perímetro la cual, por más que no sea propiedad privada, es algo susceptible de deterioro si no se la trata y mantiene debidamente. No veo, pues razón alguna para que la comunidad tenga que cargar con su mantenimiento y substitución, si fuese necesario. No se trata pues de leyes. Y no dudo que un juez, llegado el caso, fundase su veredicto en una idea distinta.

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