¿Tengo derecho a mantener un vehículo de empresa aunque no esté estipulado por escrito en contrato?
Hace 21 años me contrataron en una empresa y como parte del pack de la contratación me dieron vehículo de empresa, para desplazamientos a oficina y clientes, pero también para uso privado (pagando yo el combustible). Esta empresa ha sido adquirida por otras, pero mi aniguedad es de 21 años en las que he mantenido el vehículo.
La empresa me dice que era/es un instrumento de trabajo (solíamos hacer muchos kilómetros para visitas comerciales que ahora no hacemos); y que en cualquier momento podría cancelar el uso del coche.
Mi postura es que, aunque es un instrumento de trabajo, formaba parte de la oferta con que me contrataron.
Dicho esto, y teniendo en cuenta que este tema del vehículo NO está escrito ni reflejado en ninguna parte del contrato. ¿Es posible que me retiren el vehículo sin contraprestación alguna o por el hecho de levar 21 años con él, es un derecho adquirido?.