Periodo de carencia en contrato indefinido

Soy indefinida en una empresa ya casi dos años. Por falta de trabajo que se adapte a mi perfil la empresa me comunicó que me debía cortar el contrato, entonces tengo varias dudas:
¿Ese corte de contrato es un Despido Improcedente verdad? ¿Deberían darme la indemnización correspondiente? ¿Son 33 días por año trabajado? ¿Hay qué descontar mismos impuestos q en la nómina?

Probablemente en el periodo de 1 o 2 meses de nuevo haya trabajo para mí. Entonces otra opción que me proponen es un Periodo de Carencia en el que sigo contratada pero no percibo ni sueldo ni cotizo a la S.S. Y por supuesto tampoco podría pedir el paro porque sigo contratada. En este caso:
¿Puedo tener luego problemas si finalmente me tengo que ir al paro tras unos meses? Ese mes (¿o dos meses) sin cobrar pueden afectar a mi periodo de paro o al cómputo para la jubilación?
Lo bueno de esta opción es que me garantizan tras el periodo de carencia volver con las mismas condiciones de contrato. ¿Están obligados a cumplirlo?

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