Arrendador persona jurídica en liquidación

Somos 5 hermanos socios de una SL en liquidación.
La SL tiene pisos alquilados con contratos de 12 meses.
¿Qué posibilidades tenemos para vender las viviendas? ¿Hay qué esperar 7 años desde el inicio del contrato?
Encontrar compradores de vivienda con inquilino es complicado en la ciudad en las que están los pisos.
Nos vemos atados sin poder liquidar la sociedad.

1 respuesta

Respuesta
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Lo primero recomendarles se pongan en manos de un experto que les ayude con su caso concreto.

Una sociedad, con actividad de alquiler, no deberia estar en liquidación, pues tiene actividad económica continuada.

En cuanto los contratos, han de cumplir los contratos de arrendamiento y en determinados casos, los inquilinos tendrán derecho de tanteo y retracto, por lo tanto, las ventas se han de organizar...

Si lo que pretenden es adjudicarse inmuebles en la liquidación, cada uno de ustedes, los contratos de arrendamiento se deben mantener, pero comunicando al inquilino el nuevo propietario y la cuenta bancaria donde debe realizar el ingreso.

Gracias.
Liquidanospq la sociedad no es rentable y desavenencias personales.
Es verdad que si el arrendador es una sociedad, los contratos de arrendamiento de vivienda habitual se renuevan automáticamente 7 años, ¿en vez de 5?

Si. Los contratos de arrendamiento con empresas son algo más complejos, conforme a la nueva legislación y efectivamente, los arrendamientos de vivienda tienen una duración mínima de 7 años.

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