Permiso de obra menor necesario para pintar una puerta exterior
Realizada la consulta al Ayuntamiento competente, me indica que debo comunicar previamente al inicio de la restauración y pintura de una puerta exterior, de 2 m de ancho por 2 de altura, que da a la calle en una población de 600 habitantes aprox. Y luego pagar la tasa que corresponda.
No encuentro la normativa al respecto del Ayuntamiento en cuestión, es evidente que la puerta exterior forma parte de la fachada, y también entiendo que si hacemos caso a esta normativa, un cambio de bombín también precisa de licencia de obra menor, la sensatez administrativa, ante todo, que no falte.
Considero esa tasa innecesaria y abusiva, sean 10 o 40 euros. ¿Alguien puede pasarme la normativa sobre obras menores en Cataluña? Ya la he pedido al ayuntamiento de turno sin respuesta, para qué.