Permiso de obra menor necesario para pintar una puerta exterior

Realizada la consulta al Ayuntamiento competente, me indica que debo comunicar previamente al inicio de la restauración y pintura de una puerta exterior, de 2 m de ancho por 2 de altura, que da a la calle en una población de 600 habitantes aprox. Y luego pagar la tasa que corresponda.

No encuentro la normativa al respecto del Ayuntamiento en cuestión, es evidente que la puerta exterior forma parte de la fachada, y también entiendo que si hacemos caso a esta normativa, un cambio de bombín también precisa de licencia de obra menor, la sensatez administrativa, ante todo, que no falte.

Considero esa tasa innecesaria y abusiva, sean 10 o 40 euros. ¿Alguien puede pasarme la normativa sobre obras menores en Cataluña? Ya la he pedido al ayuntamiento de turno sin respuesta, para qué.

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Esa normativa es municipal, no autonómica. Debe conseguirla en su ayuntamiento. Si no se la dan en respuesta a su petición, quizá pueda obtenerla de la web municipal.

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No creo que te cobren mucho por la licencia. Te estas preocupando por nada.

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Por pintar una puerta, es muy raro que cobren.

Yo nunca he pedido permiso para pintar, otra cosa sería cambiar.

Pero como te dicen, si quieres consultar en tu ayuntamiento, puedes llamar a un teléfono de información y te dirán .

Cada ayuntamiento es un mundo .

¡Gracias! 

Si, en mi opinión el previo aviso o comunicación viene determinado por según quien pinta la puerta exterior de la calle, unos precisan previo aviso y otros las pintan sin más trámites, lo que hay. 

Ese es el caso, ya tengo la normativa, y sí procede aviso, por pintar una puerta exterior. La consulta al Ayuntamiento la he hecho porque la vecina ya intentó que me abrieran expediente sancionador en otras obras interiores que no precisaban ni licencia ni aviso, en estos casos vale más prevenir que curar. 

Gracias a todos por vuestros comentarios. 

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