Venta de piso VPO,24 años de la compra

Tengo en venta un piso que en su día fue VPO, ¿me podría asesorar sobre trámites a seguir? También sobre el papeleo de una venta entre particulares.

2 Respuestas

Respuesta

I. Hola Manuel, como lector habitual sólo deseaba trasladarle un poco de información sobre este tema que vi por si le fuese de utilidad mientras le atiende de primera mano un experto o profesional. Le ruego me disculpe todas las molestias de tantísima lectura y el tipo de respuesta, ánimo.


Para vender su piso hay una serie de documentos que necesita:

  • Nota simple
  • Certificado energético
  • Certificado del ITE, si el edificio supera los 30 años
  • Estatutos de la comunidad
  • Recibo de pago del IBI
  • Últimas facturas de suministros
  • Certificado de estar al corriente de pago con la comunidad
  • Escritura de compraventa de la casa

Tramites para vender una vivienda

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Vender mi casa para comprar otra

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Venta de vivienda habitual y compra de otra

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Venta de piso--Renta

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Si tienes en propiedad una VPO, ¿puedes adquirir otra vivienda?

En general cabe decir que Si, siempre que sea de renta libre y vivas habitual y permanentemente en la VPO
El art. 27 del Texto Refundido sobre Legislación de Viviendas de Protección Oficial (RD 2960/76 de 12 de noviembre) establece que las viviendas de protección oficial "se dedicarán exclusivamente a residencia habitual y permanente, sin que bajo ningún pretexto pueda dárseles uso distinto. Nadie podrá reservarse o disfrutar para uso propio cualquiera que sea el título, más de una vivienda."

Como beneficiario de una VPO y mientras ésta permanezca calificada como tal, tienes la obligación de usarla permanentemente como vivienda habitual. En caso contrario, corres el riesgo de que la autoridad competente de tu Comunidad Autónoma, de oficio o como resultado de una denuncia, realice una comprobación. Si resulta que no cumples el requisito señalado, se tramitará un expediente de descalificación y tendrás que devolver todas las subvenciones y ayudas recibidas por ser VPO, las cuales pueden ser cuantiosas, dependiendo del tipo de ayudas a las que te acogieras en su día.

Esto, en general.

Ahora bien, para responder específicamente a tu caso hay que conocer el Plan de Vivienda específico en cuya virtud se calificó como vivienda protegida la VPO de la que dispones actualmente, ya que en dicho Plan cabe la posibilidad de que se establezcan limitaciones específicas al respecto.

Así, a modo de ejemplo, el Plan Estatal de Vivienda 2005-2008 establece en su art.17.2 que 'Quienes deseen acceder en propiedad a las viviendas protegidas y a las viviendas usadas tampoco pueden ser titulares de una vivienda libre, cuando su valor, determinado de acuerdo con la normativa del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales, exceda del 40 por 100 del precio máximo total de venta de la vivienda objeto de la actuación protegida. Este valor se elevará al 60 por 100 en los siguientes supuestos: a) Cuando se trate de familias numerosas y necesitaran adquirir una vivienda de mayor superficie por el incremento del número de miembros de su unidad familiar. b) En el caso de personas mayores de 65 años, de las personas con discapacidad o de víctimas de la violencia de género o del terrorismo."

Como ves, en el caso de que la VPO de la que dispones actualmente hubiera sido calificada en virtud del este Plan, estarías sometido al artículo citado.

Por lo tanto, te recomendamos la lectura del Plan de Vivienda específico en cuya virtud se calificó como vivienda protegida la VPO de la que dispones actualmente

Respuesta

Si su piso aún está calificado como VPO, deberá verificar si es posible descalificarlo. La descalificación de una VPO se puede solicitar una vez transcurrido el plazo mínimo de protección establecido por la normativa autonómica correspondiente. En caso de descalificación, deberá pagar las ayudas recibidas con sus intereses legales. Deberá asegurarse de que ha cumplido con los requisitos de ocupación mínima y cualquier otra obligación asociada a la VPO.

El precio de venta de una VPO está regulado y no puede exceder el precio máximo legal establecido. Esto varía según la comunidad autónoma y la normativa vigente en el momento de la venta. En caso de que el piso mantenga su calificación de VPO, el comprador debe cumplir con los requisitos de acceso, como no superar ciertos ingresos familiares, entre otros. Necesitará tener en orden toda la documentación relacionada con la VPO, incluyendo el acuerdo de adjudicación, el contrato original, certificados de cumplimiento de obligaciones, etc.

Si el piso tiene una hipoteca, esta deberá ser cancelada o trasladada antes de la venta. Deberá contactar con su entidad bancaria para gestionar este trámite.

Deberá consultar con el organismo correspondiente (por ejemplo, la Consejería de Vivienda de su comunidad autónoma) para conocer los pasos específicos a seguir para la venta de una VPO. Aunque ya cuenta con esta consulta, le recomiendo que también considere contar con un agente inmobiliario o un abogado especializado en ventas de VPO para asegurar que todos los trámites se realicen correctamente.

No obstante, hay varios puntos que tendríamos que concretar y clarificar para darle una respuesta más precisa por lo que creemos que es necesario explorar su asunto más a fondo para abordarlo de forma integral y poner solución.

Nosotros le podemos seguir ayudando. Puede exponer su caso detalladamente en el siguiente enlace indicando el siguiente número de referencia: 10220724, a fin que nuestros abogados puedan solicitar la información adicional necesaria y ofrecerle una respuesta completa:


Saludos cordiales,

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