Usufructuario muere y envío burofax, ¿Es correcto así?
Si al terminar el contrato, permanece el arrendatario disfrutando quince días de la cosa arrendada con aquiescencia del arrendador, se entiende que hay tácita reconducción por el tiempo que establecen los artículos 1.577 y 1.581, a menos que haya precedido requerimiento...
---Murió el usufructuaria el día 3 de eptiembre, nos enteramos tarde de la muerte y el día 23 se mandó burofax solicitando la entrega de llaves para disponer los nudo propietarios de la misma
¿Es correcto el burofax por el tema del plazo de los quince días?
1 respuesta
Respuesta de david ..