Contratos fijos discontinuos. Baja en la s.s. Cuando se interrumple la actividad?

En relación a la contratación fija-discontinua me surge dos dudas:

Cuando un trabajador no acude a un llamamiento estando desempleado, ¿se considera baja voluntaria y es comunicada el SEPE?

Estando inactivo, ¿está dado de baja en la S.S.?

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Respuesta

I. Hola Jesús, yo no soy conocedor pero tengo entendido que una vez estando inactivo, la baja en la S.S es efectiva cuando trascurren tres días naturales (sin contar festivos), desde el cese de la actividad laboral propiamente dicha.

Quisiera trasladarle la información que vi por si pudiese serle de alguna utilidad mientras le atiende un experto, el que en caso de ser necesario podríamos invocar (trasladar su consulta), para que puedan atenderle en el tiempo más escaso posible. Ruego me disculpe las molestias, ánimo.



- Cuando un trabajador no acude a un llamamiento estando desempleado, ¿se considera baja voluntaria y es comunicada el SEPE?


*Si el trabajador no acude al llamamiento, entonces se considera una baja voluntaria, finalizando la relación laboral y produciendo la extinción del contrato de trabajo. Incluso esa reiteración de faltas injustificadas podría suponer causa de despido disciplinario*



- Estando inactivo, ¿está dado de baja en la S.S.?


En realidad, ese mensaje de baja en la Seguridad Social solo indica que han sido dado de bajas de esa cuenta de cotización que tenían antes para ser dados de alta en otra. Por tanto, si recibes esta comunicación no te alarmes porque no significa que te hayan despedido

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