Dudas en la compra de una plaza de garaje

Desde hace un tiempo estoy buscando una plaza de garaje por la zona en la que vivo. Me ha costado, pero al final he encontrado una que me interesa, más que nada porque es la única que he encontrado en todo este tiempo.
El propietario de dicha plaza la ha tenido alquilada (y de hecho este mes de febrero aún está alquilada) y ahora ha decidido venderla. En esta situación se me plantea la primera pregunta: ¿Se puede realizar algún tipo de contrato de compra-venta o aportar algún tipo de señal mientras la plaza de garaje se encuentra alquilada a un tercero?.
Me gustaría saber también que pasos tengo que seguir para realizar la compra de la mejor forma posible (tanto legal como segura y económica). Lo de económica lo digo porque el precio que me piden por la plaza es innegociable por parte del vendedor y me parece un poco alto así que sólo me gustaría asumir los gastos derivados de la compra que por ley me correspondan, ni uno más. Tengo entendido que, por ejemplo, los gastos de notaría no tiene porqué asumirlos de forma completa el comprador.
También querría saber qué gastos deben estar ya cubiertos a la hora de adquirir la plaza, es decir ¿tiene qué estar pagado el impuesto de bienes inmuebles para este año?, ¿Tiene qué estar pagada la comunidad en el mes que adquiera la plaza?, etc...
Otro aspecto que me interesaría conocer es el siguiente: Hasta ahora el contacto que he tenido para ver la plaza de garaje han sido la hija del propietario. ¿En qué momento de la compra debe aparecer el propietario de la misma? ¿Pueden, de alguna forma realizar la operación los hijos en nombre del propietario (su padre en este caso)?.
Respuesta
1
Por supuesto que se puede hacer un contrato de compra-venta con toda normalidad, tan solo tienes que poner una clausula en la que te asegures que si esa plaza de garaje tiene alguna deuda (comunidad, contribución...) sera por cuenta el pago de esta del propietario, asegurate bien de eso antes de la escritura, (pídele reciboso certificados) Y para más seguridad pide una nota simple de la plaza, eso solo tienes que ir al registro de la propiedad con el nombre, y la dirección, no suelen cobrar mucho, ¿pero prepara de 5 a 10?, en dicha nota simple verás si tiene cargas como pueden ser una hipoteca, Respecto a tu pregunta en el momento de la firma de el contrato- escritura unicamente puede firmar el propietario, a no ser que haya dado poderes (firmados ante notario) aun que eso no es lo más normal.
Aquí te adjunto un contrato tipo, a ver si te ayuda.
Contrato de arras o señal
De una parte: DOÑA ________, mayor de edad provista de DNI número_______-_ Y ________, mayor de edad provista de DNI número ____-_, ambos con domicilio en la calle ______de _____.
De otra parte: Don ________, mayor de edad, provisto de DNI número ________-_, vecino de ______, C/ ____________.
Intervienen
En su propio nombre y derecho y se reconocen capacidad legal necesaria para el otorgamiento del presente documento, lo que llevan a efecto bajo los siguientes:
Antecedentes
I.- Que Doña _________ y Don __________, son dueños de la plaza de garaje situada en C/_______nº____ ____ en planta de sótano-uno, señalada con el número uno, con inscripción en el Registro de la Propiedad de ____ (ciudad) número _ en el tomo ____, libro ___, folio __, finca número ____, inscripción __º,
Cargas.- Asevera la parte vendedora que la finca se encuentra libre de cargas (((O))) gravada con una carga hipotecaria a favor de Bankinter S.A.
Situación arrendaticia.- Libre, según aseveran, de arrendatarios, ocupantes y precaristas.
II.- Expuesto lo que antecede, los señores comparecientes
CONVIENEN
Primero.- Don Don _____y Dña ______ se obliga a vender a Doña ______. y Don ____________ , que se obligan a comprar, la finca descrita en el antecedente I, como cuerpo cierto, con cuanto le sea principal, accesorio, integrante y dependiente y al corriente de contribuciones, impuestos y gastos de la comunidad, por el precio de __________? (______ pesetas).
Segundo.- Doña _________. y Don __________entregan a cuenta y como arras o señal de la compra-venta futura, la cantidad de ______? (_____pesetas), que perderán si incumplieran lo convenido en el presente documento, o tendrán derecho a percibir doblada si el incumplimiento se produjere por los vendedores.
Tercero.- Doña ___________. y Don ________ se obligan a entregar el resto antes del dia __ de ____ de 2.005. Obligandose ambas partes al otorgamiento de la escritura pública de compra-venta simultáneamente al pago del resto del precio. Dicha escritura se formalizará ante el ilustre notario de _____, D. ____________, con despacho sito en ___________
Cuarto.- Todos los gastos e impuestos y derechos de este contrato y de la escritura pública de compra-venta que en su día se otorgue, hasta su inscripción en el Registro de la Propiedad serán de según ley, excepto el Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (plusvalía), que pagará la parte vendedora. Los gastos del inmueble anteriores al otorgamiento de la escritura pública serán de cuenta de la parte vendedora.
En ______, a _ de ____ de 2005
La parte vendedora La parte compradora
Pdta: Lamento la tardanza, pero la web no me dejaba entrar. Lo siento mucho y espero que te sirva de ayuda.

2 respuestas más de otros expertos

Respuesta
1
Para contestarte por orden.
1º si puedes señalizarla mientras esta alquilada, e incluso escriturarla, tienes que ver si el inquilino tiene derecho de tanteo por que te puede chafar la compra.
2º El notario ya se encarga de que la propiedad este totalmente libre de cargas, tanto con la comunidad, con suministros y si tiene alguna hipoteca encima.
3º El propietario tiene que firmar toda la documentación tanto la señal de compra-venta como al ir al notario, al menos, que los hijos tengan un poder notarial que les de potestad para firmar en su nombre.
Suerte con la compra.
Respuesta
1
Se puede realizar un contrato de compraventa con toda normalidad, poniendo una clausula que cualquier carga que tenga la plaza será descontada del precio a cobrar. El pago del Notario va a cargo de la parte compradora. Quien es propietario de la plaza en fecha 01/01/2005 debe hacerse cargo del recibo de contribución según ley; además debe de aportar certificado de comunidad conforme esta al corriente de los gastos de comunidad tanto ordinarios como extraordinarios. Para tu seguridad deberías dirigir-te al registro de la propiedad y pedir una nota de cargas de dicha plaza, podrás ver quien es el propietario y si tiene alguna carga (hipoteca, embargo, etc..). Solo puede firmar el propietario de la plaza, o cualquier persona que se le hayan conferido un poder notarial para representar-le.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas