Alquiler piso embargado por banco

Me gustaría saber tu opinión acerca de un tema que ya te consulté hace tiempo. Vivimos en un piso con contrato indefinido bajo notario cuyo propietario ha sido embargado por el banco. El problema es que ya hace casi un año venimos pagándole el alquiler a hacienda porque, dicho alquiler, también había sido embargado por esta entidad publica. Parece que hace más de un mes que el banco se quedo el piso y ya ha subastado sin éxito, de esto nos enteramos ayer y el ultimo pago se hizo a hacienda ya que nadie nos dijo lo contrario. Estoy llamando a la asesoría de la caja propietaria pero me están diciendo que me llamaran y aun estoy esperando. Antes de volver a llamarles me gustaría saber que debemos hacer en caso de no darnos respuesta sobre a quien pagar el alquiler, no quisiera que pasara otro mes y nos denunciaran por no pagar el alquiler o algo así. He oído que en estos casos se puede acudir al juzgado y pagarlo allí, ¿es cierto? ¿Cómo funciona?
Respuesta
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Efectivamente se puede consignar un alquiler en el Juzgado, pero debe saberse a favor de quién se hace la entrega (hacienda, el banco, un particular, etc.).
Mi recomendación es que acuda a Hacienda con la documentación del asunto y consulte allí si debe seguir pagando o hasta cuándo hacerlo.
Suerte.
Hola de nuevo;
En primer lugar, gracias por la ayuda que me esta prestando. Tengo nueva información. He pedido una nota simple al registro de la propiedad para conocer el propiertario y las cargas del piso. Mi sorpresa ha sido descubrir que el piso tiene varias hipotecas, o eso creo entender, con varias cajas y aunque consta como titular la persona a la que se lo alquilamos, esta embargado por una entidad bancaria desde julio del año pasado. Nadie nos ha informado de esto y tenemos todos los recibos de pago. Hacienda nos pide un comprobante de esto para no seguir pagándoles. Como no entiendo bien la nota y estoy completamente perdida voy a acudir a un abogado, el problema es que hasta el martes no me dan hora y me gustaría que me orientara usted un poco. Muchas gracias de antemano.
Supongo que el piso tiene una sola hipoteca pero que se ha ido trasladando de banco a banco, y que el último de estos bancos es el que ejecutó el embargo de julio del año pasado.
Si todo lo anterior es correcto, entonces Usted debería pagarle las rentas al banco en cuestión.
Sucede que si el "propietario moroso" tiene aparte de la hipoteca otras deudas con Hacienda, entonces Hacienda puede solicitar a los "clientes" del moroso que en vez de pagarle a él lo hagan a Hacienda.
El asunto es sencillo pero se presenta enmarañado. La opción de acudir a un profesional con toda la documentación es la más acertada.
Suerte.
Pero durante este tiempo le hemos pagado a hacienda en lugar de al banco porque no sabíamos nada, por este motivo no nos pueden desahuciar, ¿no?
Gracias de nuevo
Mientras el pago esté acreditado (aunque se haya hecho a la persona incorrecta), en principio no tienen porqué desahuciarles (máxime cuando el ingreso se le hizo a la Agencia Tributaria).
En todo caso insisto en que debe consultarlo y aclararlo con la ayuda de un profesional.
Suerte.

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