Inquilino que se me va..

Tengo un inquilino que se me va antes de tiempo porque ha llegado a un acuerdo con la propietaria (yo hago de agencia) para rescindir el contrato.La duda que tengo es que la fianza:
1º) ¿No se la tengo que devolver la fianza hasta que me vengan los recibos de la luz y agua?
2º) ¿La fianza sirve para también para cuando estén en los últimos días del mes, echar una ojeada junto con la propietaria e inquilina, con el inventario en mano que se hizo al principio repasando que no haya desperfectos?. Detalle un poco más.
3º) En caso de desperfectos (sillas rotas por ejemplo)..¿cómo se ha de actuar?.. ¿Tasándolo?
Gracias valorale su respuesta.
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Primero haz firmar al inquilino una renuncia del contrato y que la fianza la liquidaréis luego.
Una vez examinado el piso con deteniminento, su inventario, y comprobado que no se adeuda cantidad alguna por suministros. También comprueba las lecturas actuales de contadores pues las compañías hacen lecturas estimadas.
Con todo ello y una vez recuperada la fianza del organismo competente ya puedes liquidar cuentas con el inquilino.
1.-Si no se llega a un acuerdo con los desperfectos de la vivienda por parte lógicamente del inquilino, por ejemplo: el parqué deteriorado o algo así.. ¿Cómo se haría?.. ¿Se le quita aunque no quiera de la fianza y ya esta?..
2.-Seria mejor también para "lavarme las manos" que yo redactase un documento referente a la resolución del contrato por ambos partes de acuerdo o algo así para quedar todo zanjado, ¿no? .. Si es así, ¿Dónde puedo conseguir dicho documento si es que existe?.
3.-¿Conoces web o tfnos donde poder anunciar ventas de pisos que sean gratuitas?
Gracias te valorare la respuesta como correspondes. Gracias por su tiempo.
Evidentemente lo mejor es que firméis que quedáis totalmente liquidados y finiquitados, no hay contratos modelo, con eso basta. Si no llegáis a un acuerdo todo es una cuestión de fuerza de posiciones. Demostrar el deterioro del parqué no es fácil debe constar como esta antes y como está ahora y todo firmado. Un inquilino insolvente tiene mucha fuerza pues la posesión del inmueble en el juzgado puedes tardar en recuperarla 12 meses. Anunciar gratis: ¿Globaliza? Busca en google portal inmobiliario. La fuerza de internet es muy grande. Pero te recomiendo que te centres en la calidad: haz una web propia de calidad, aunque tengas que invertir.

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INtentare responderte lo más concreto posible,
1) El caso de los pagos de luz y agua dependen de como estén tipificados en el contrato, si estaban a costa de ellos, deben pagar la parte proporcional del tiempo que lo han habitado, si no, no.
2) La fianza suele ser usada en esos casos cuando esta así especificado en el contrato, si no, no se puede usar así. Debe estar claro en el contrato si el adelanto sirve como pago de mensualidad, o si bien puede ser usado para pagar desperfectos.
3) En caso de desperfectos, lo normal es llegar a un acuerdo y tratar de comprar un objeto similar al que se rompió o bien dejar al usuario que lo compre.
En todo, debe estar especificado en el contrato, y en todo caso lo mejor es dialogar y entenderse, que suele ser lo que trae mejor resultado.
1.-Si no se llega a un acuerdo con los desperfectos de la vivienda por parte lógicamente del inquilino, por ejemplo: el parqué deteriorado o algo así.. ¿Cómo se haría?.. ¿Se le quita aunque no quiera de la fianza y ya esta?..
2.-Seria mejor también para "lavarme las manos" que yo redactase un documento referente a la resolución del contrato por ambos partes de acuerdo o algo así para quedar todo zanjado, ¿no? .. Si es así, ¿Dónde puedo conseguir dicho documento si es que existe?.
Gracias te valorare la respuesta como correspondes. Gracias por su tiempo.
1.-) En este caso, se debe seguir exactamente lo que diga el contrato, pudiendo ser esto recurrido en el caso de que una parte no este de acuerdo... pero creo que seria mejor no llegar a este extremo, a no ser que no haya otro cauce... quizás si no esta muy claro se podría pagar entre los dos, y si, el coste no es mucho, quizás no merezca la pena cobrarlo, por un lado porque supone una 'discusion' y siempre es molesta, y por otro, porque si no esta claro el tema por el contrato, soy de la opinión que debería pagarlo el dueño, ya que es el que tiene mejor intentar (entiendo que el débil es siempre el que tiene que alquilar...), aunque quizás en este punto no estés de acuerdo conmigo.
2.-) El documento de resolución te refieres para uso futuro, ¿o para este caso?
Supongo que para uso futuro, sí suele ser apropiado tenerlo para sacar de dudas ante estos casos.
Creo que esos documentos están a la venta en estancos... pero no estoy seguro.
Estos temas siempre son muy desagradables, y si quedan claros en documentos, se evitan muchas discusiones, así que te lo aconsejo.

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