Piso alquilado con aval bancario

Soy la inquilina de un piso, el contrato de alquiler es de un año prorrogable anualmente hasta 3 años y luego a 5, y deposite aval bancario con una duración de 3 años a la firma de contrato. Pues bien, he resultado adjudicataria de un piso de protección oficial en régimen de alquiler por lo que he avisado con más de un mes de antelación informando al propietario del motivo de mi partida. Mi sorpresa ha sido mayúscula cuando me ha dicho que al estar el contrato en vigor ejecutaría el aval bancario pues no iba a quedarse el sin inquilino cuando habíamos firmado por 3 años. Estoy realmente consternada pues siempre pensé que el aval era una garantía que nos pedían ante un impago. ¿Tienen derecho a ejecutar el aval bancario cuando documentalmente puedo demostrar una razón de peso para dar por finalizado el contrato de alquiler? Me he mudado en otras ocasiones antes de la finalización de un contrato con 15 días o un mes de preaviso y jamas me han puesto ningún problema. Tengo la sensación de que esto es un contrato trampa al haber un aval bancario de por medio.

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Carolina, si dices que tu contrato es de un año, prorrogable.. (diga lo que diga tu contrato por LEY sería prorrgable hasta 5, no hasta 3) entonces sólo estás obligada a cumplir ANUALIDADES. Es decir, cada vez que tu contrato vaya a cumplir un año más, previo aviso con 30 días, podrás darlo por terminado.
Tiene razón tu casera en que no puedes darlo por terminado en otro momento (da igual el motivo) al igual que ELLA. Ella tampoco podría echarte cuando a ella le apetezca.. para eso está el contrato, para que cada una se asegure de que la otra parte va a cumplir las condiciones pactadas.
Si en otras ocasiones te has ido en medio de una anualidad, y no te han exigido nada... suerte que has tenido, pero por poder podrían haberte DEMANDADO, y eso te hubiera supuesto:
- Pagar la renta hasta el cumpleaños del contrato, o hasta que otro inquilino te sustituya en el piso
- Pagar las costas judiciales.
Tu casera tiene razón en cuanto a que debes cumplir UNA ANUALIDAD, pero no veo por qué quiere hacerte cumplir 3... El hecho de que sea prorrogable hasta... es una opción, no una obligación. ¿Hay algo en el contrato que te obligue a cumplir 3 años?
Si no lo hay, lo mejor que puedes hacer es negociar con ella (ir a juicio es desagradable, largo y puede ser costoso) e intentar que, si te estás marchando antes del cumpleaños del contrato, acepte quedarse con la fianza a cambio de finalizar el contrato BILATERALMENTE.
Otra opción es colaborar activamente con ella en encontrar otro inquilino, esto te liberaría de pagar a ti.
Pero ya te digo, lo mejor es llegar a un acuerdo. Lo peor es acabar en los tribunales, cosa que también haréis, supongo, si ella ejecuta el aval.
Lee bien el contrato y NEGOCIA NEGOCIA NEGOCIA.
Mucha suerte y si necesitas alguna otra aclaración no dudes en preguntarme.
¿En qué momento y de que forma puede ella ejecutar el aval bancario? ¿Mientras yo esté ocupando el piso puede hacerlo? ¿Si ella quiere ir a juicio yo puedo negarme a la entrega de la vivienda mientras no de por finiquitado el contrato o se resuelva la causa? Al fin y al cabo si me van a hacer pagar, causándome un perjuicio por no querer llegar ella a un acuerdo, no le voy encima a dejar el piso libre para que se lucre doblemente a mi costa. Muchas gracias!
No sé cómo será ese aval bancario (su forma de ser ejecutado) pero lo normal es que pueda ejecutarse en cuanto dejes de pagar la renta.
Ella nunca podrá lucrarse doblemente, si no firmáis el documento de FIN DE CONTRATO, no puede ni siquiera entrar en el piso sin tu permiso, menos volver a alquilarlo.
  Por eso te he dicho en mi anterior respuesta que colaboraras con ella activamente en ENCONTRAR a otro inquilino. Eso te liberaría a ti de seguir pagando. Insisto en que, si crees que te demandaría por marcharte, negocies con ella COLABORAR en encontrar otro inquilino. No veo otra salida para ti.
También olvidé preguntarte antes si en tu contrato había una cláusula de penalización por desistimiento por tu parte (Irte antes de tiempo). A veces esa cláusula existe y es más barata que seguir pagando hasta que vuelva a alquilar (no sé la dificultad de alquilar en tu zona). Yo por ejemplo, en mis contratos, pongo una cláusula de penalización por desistimiento de 2 mensualidades, porque sé que en 2 meses habré alquilado nuevamente la vivienda.
Si en tu zona también es fácil alquilar, estamos hablando de que en 2 meses habréis liquidado el problema...
Mucha suerte, y habla con la casera ofreciéndote a colaborar en el alquiler, pero ella también debe participar activamente...
Hola de nuevo, te doy las gracias por tu inestimable ayuda en estos momentos, pues ando un poco perdida pero cada vez lo veo más claro- Seguiré tu consejo y a pesar de no tener buenas relaciones con esta persona, desde un principio ha sido muy exigente e incluso intentó que no desgravara el alquiler de su piso, posiblemente no lo tenia declarado, luego quería que firmara un papel que en hacienda me indicaron era innecesario, en fin que no es santo de mi devoción pero he de negociar para salir de esta situación lo mejor posible, quiero entregarle su piso impoluto y dejar todo zanjado correctamente pero si su avaricia me obliga tendremos que dejar que la ley siga su curso. No tengo recursos para indemizarla de otra forma que ofreciéndole la fianza y enseñar el piso a los posibles inquilinos que ella crea conveniente hasta mi partida. Pero sigo pensando que ella está dispuesta a todo con tal de quedarse con el aval la fianza y encima demandarme. De momento no se me ocurre nada más que preguntarte, pero si me lo permites según acontecimientos seguro que me surgen otras dudas que espero tengas a bien despejarme como hasta ahora. Un abrazo,

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