Fianza de local comercial

He visto un local adecuado para mi futuro negocio y según la Ley de arrendamientos urbanos de 1994, en lo concerniente a la fianza, ésta indica que el valor de la fianza ha de ser el importe de dos mensualidades de alquiler (para cubrir posibles daños y desperfectos). Mi pregunta es si la segunda de estas mensualidades se corresponde con el cobro anticipado del primer mes de actividad o este primer mes me lo cobrarían aparte.
Por otro lado, comentar que para poder asegurarme el local (puesto que hasta mediados de junio no voy a emprender el negocio y habiendo otras personas interesadas) me han hablado de entregar una señal. ¿Esta cantidad se puede descontar posteriormente del importe total de la fianza?

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Las fianzas son exclusivamente para cubrir posibles desperfectos. LAS DOS. Y de hecho ni siquiera las custodia el propietario. Su deber es ingresarlas en el organismo de vivienda de vuestra comunidad autónoma.
Llegado pues el primer mes, habrá que pagar la primera renta.
La fianza, se reintegrará al final del arriendo siempres que el local se devuelva en el mismo estado en el que se recibió.
Sobre la señal.
La señal normalmente se descontará de la primera mensualidad, no de la fianza que como te he dicho hay que ingresarla en la Comunidad Autónoma.
Pero se debe especificar en el recibo para que luego no haya "malentendidos"
En mi caso en particular el dueño del local me ha pedido como señal el primer mes de alquiler y el importe de una mensualidad para cubrir posibles desperfectos, advirtiéndome de que cuando rescindiera el contrato podía usar la mensualidad de alquiler entregada como parte de la señal para pagar el último mes previo al cese de la actividad. ¿Puede el propietario del local hacer eso?,¿Podría no tener validez el contrato de alquiler que se hiciera posteriormente?
Saludos y gracias por su información.
No veo nada irregular.
Te pide como señal el primer mes, vale. En el recibo que te de, deberá especificar que la señal que ahora recibe se compensará con el primer mes de renta, el cual no tendrás que satisfacer.
Y te pide otra mensualidad como fianza, pues bueno, pero que lo indique en el recibo.
Si encima te dice que el último mes no se lo pagues a cuenta de esta fianza... Pues genial, pero que lo ponga también en el recibo y cuando hagáis el contrato que sólo tendrás que entregar EL OTRO mes de fianza... pero el contrato debe figurar que entregas dos, uno en tal fecha y otro a la hora de la firma del contrato.
Perdona pero o se me escava algo o no veo nada raro en esto...
¿Por qué no iba a tener validez el contrato?
Me ha parecido extraño que siendo obligatorio por ley pagar una fianza de dos mensualidades me haya pedido una fianza de una sola mensualidad. Y como no me han hablado de la segunda fianza he pensado que podrían hacerme un contrato con una única fianza. De ahí mi duda acerca de la validez de un contrato realizado de esa manera. No obstante, preguntaré de nuevo al propietario.
Eso sí, si el contrato tuviese validez a partir del mes de julio, el/los recibos que me diesen por la señal entregada deberían llevar fecha de julio, ¿verdad? (Para poder incluirlos en futuras declaraciones de impuestos).
Saludos.
Lo que te ha pedido - a fin de cuentas - son 2 meses de señal. Luego que los aplique uno a la fianza y uno a un mes, o los dos a la fianza... pues como él quiera.
Debes asegurarte que a la entrega de ese dinero firméis un documentito - o en dorso del propio recibo, diciendo que si tú desistieras del arriendo, perderías la señal, y que si desistiera el propietario, debería devolvértela duplicada.
En cuanto a la fecha del recibo, pues debiera de ser la fecha en que entregues el dinero.
Si por alguna razón te interesa que tenga fecha julio, podéis hacer una cosa: el día de la firma del contrato, incluir en el contrato algo como "en este acto el arrendatario entrega 2 meses de fianza obligatoria que el arrendador ingresará en el IVIMA según lo estipulado en la vigente LAU, y el mes de JULIO.." o, hacer recibos NUEVOS y en ambos casos ROMPER el recibo que te entregue ahora.
No sé por qué me parece que no te da mucha confianza esta operación. Si es así, sigue buscando local, ahora hay más oferta que en la vida. Y me extraña que un local tenga varios novios... Yo he tardado 4 meses en alquilar un piso - siendo selectiva con los inquilinos - pero en el pasado tardaba 1-2 meses como mucho - también siendo selectiva.
Lo que te quiero decir es que nunca los inquilinos han tenido "la sartén por el mango" tanto como ahora. El escaparate es amplio. Elige...

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