Problemas varios con contrato arrendamiento vivienda
Ante de nada agradecer de antemano tu ayuda.
Te escribo en relación al contrato de alquiler de mi vivienda que lo suscribí hace dos años y medio. Hay una serie de cláusulas del contrato sobre las que tengo dudas ya que creo que podrían ser ilegales o contrarias a la ley de arrendamientos urbanos, por ello, me gustaría conocer la opinión de un experto:
1.- Según contrato, me tengo que hacer cargo de los "gastos de conservación" de cocina, sanitarios, electrodomésticos etc... Incluso el contrato dice que el arrendado esta obligado a "efectuar a su costa las reparación domésticas que exija el desgaste por el uso ordinario haciéndose responsable de los deteriores que en muebles o electrodomésticos se produzcan". Hace poco se estropeó la nevera, por el uso, y según esta cláusula debería pagar yo la reparación ¿es justo que pague la reparación de un bien que ya tenía sus años cuando llegue al piso? ¿No es una cláusula abusiva?
2.- El contrato es prorrogable anualmente hasta 5 años. Y el propio contrato indica que se puede finalizar antes de cinco años, pero sólo en periodos anuales. Es decir, como suscribí el contrato el 1 de enero de 2008, sólo podría dejar el piso el 1 de enero de cada año. Si incumplo está cláusula y dejo el piso en otra fecha hay una penalización de una mensualidad... ¿es legal una cláusula de este tipo o trascurrido el primer año se puede finalizar el contrato en cualquier momento?
Te hago estas dos primeras preguntas porque entiendo que aunque hay firmado el contrato libremente, el contrato nunca puede ser contrario a lo establecido a la leyes que regulan los arrendamientos con carácter general ¿no?
3.- El aval del alquiler está debidamente depositado y aportado al organismo correspondiente de la Comunidad de Madrid ¿puedo tener la garantía de que me lo va a devolver cuando abandone el piso?. En caso de no tener garantías, y dado el comportamiento que esta teniendo mi casera, había pensado en descontar el importe del pago de la última renta.
Gracias nuevamente y disculpa que el correo haya sido tan largo.
Te escribo en relación al contrato de alquiler de mi vivienda que lo suscribí hace dos años y medio. Hay una serie de cláusulas del contrato sobre las que tengo dudas ya que creo que podrían ser ilegales o contrarias a la ley de arrendamientos urbanos, por ello, me gustaría conocer la opinión de un experto:
1.- Según contrato, me tengo que hacer cargo de los "gastos de conservación" de cocina, sanitarios, electrodomésticos etc... Incluso el contrato dice que el arrendado esta obligado a "efectuar a su costa las reparación domésticas que exija el desgaste por el uso ordinario haciéndose responsable de los deteriores que en muebles o electrodomésticos se produzcan". Hace poco se estropeó la nevera, por el uso, y según esta cláusula debería pagar yo la reparación ¿es justo que pague la reparación de un bien que ya tenía sus años cuando llegue al piso? ¿No es una cláusula abusiva?
2.- El contrato es prorrogable anualmente hasta 5 años. Y el propio contrato indica que se puede finalizar antes de cinco años, pero sólo en periodos anuales. Es decir, como suscribí el contrato el 1 de enero de 2008, sólo podría dejar el piso el 1 de enero de cada año. Si incumplo está cláusula y dejo el piso en otra fecha hay una penalización de una mensualidad... ¿es legal una cláusula de este tipo o trascurrido el primer año se puede finalizar el contrato en cualquier momento?
Te hago estas dos primeras preguntas porque entiendo que aunque hay firmado el contrato libremente, el contrato nunca puede ser contrario a lo establecido a la leyes que regulan los arrendamientos con carácter general ¿no?
3.- El aval del alquiler está debidamente depositado y aportado al organismo correspondiente de la Comunidad de Madrid ¿puedo tener la garantía de que me lo va a devolver cuando abandone el piso?. En caso de no tener garantías, y dado el comportamiento que esta teniendo mi casera, había pensado en descontar el importe del pago de la última renta.
Gracias nuevamente y disculpa que el correo haya sido tan largo.
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Respuesta de Manuel Pregal
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