Alquiler con opción a compra

Quisiera que me explicara como va lo del alquiler con opción a compra.

Resulta que tenemos un piso en venta va hacer ya 3 años, pero no lo hemos vendido y hay una pareja que esta interesada en alquilar con opción a compra, el problema es que no tenemos ni idea de como va todo esto y por eso no estamos muy seguro de si llevarlo a cabo o no. Si lo alquiláramos nosotros nos tendríamos que ir a otro piso de alquiler ya que si no vendemos nuestro piso no podemos meternos en comprar otra vivienda.

Nosotros vendemos el piso por lo que nos queda de hipoteca, 125.000€. Y por el alquiler pediríamos lo mismo que estamos pagando de hipoteca unos 500€ mas o menos. Nuestra idea si alquilamos es que si al final la pareja llegara a comprar el piso, el precio de venta seria por lo que quedara de hipoteca, ¿supongo qué esto se puede hacer verdad?

¿De cuánto tiempo se puede hacer un contrato de alquiler con opción a compra? ¿Hay algún máximo o mínimo?.

Si yo firmo un contrato por ejemplo de 3 años de alquiler y antes de los 3 años la pareja decidiera que no compra ni tampoco quiere seguir con el alquiler, ¿nos tendrían que indepnizar con alguna cantidad? Y en tal caso que cantidad seria eso quien lo decide, ¿hay algún baremo o algo?.

¿En todo este tramite tiene algo que ver hacienda? ¿Tendríamos qué pagar algo?.

Y por último si al final la cosa va para adelante y alquilamo cuales son los paso a seguir, donde tendríamos que ir a hacer los papeles. Queremos hacer las cosas bien sobre todo asegurarnos de que vamos a cobrar ya que tenemos que seguir pagando la hipoteca del piso y si no nos pagaran y siguieran viviendo en el piso seria un gran problema.

Perdone por tantas preguntas pero es que no tenemos ni idea de todo esto.

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Un alquiler con opción a compra es un contrato en el que se especifica el precio que se pagará por una vivienda en un momento futuro.

Lo habitual es que las cantidades abonadas en concepto de alquiler se descuenten del total a pagar, y que si no se "ejecuta la compra" entonces se pierda ese dinero.

En el caso que expone, Usted quiere vender su casa en 125.000,00 euros (el precio lo negocian Ustedes) dentro de 4 años (este plazo también lo ponen Ustedes), con un alquiler mensual de 500 euros/mes.

El inquilino pagaría 500 euros x 12 meses x 4 años = 24.000 euros.

Llegado el momento de decidir (al cuarto año), si el inquilino quiere ejecutar la compra deberá abonar los 125.000 menos lo que haya pagado de alquiler hasta la fecha (o parte de esos 24.000, ya que es un asunto negociable cuando se firma el contrato inicial).

Si el inquilino decide no comprar, ni quedarse, pues se marcha, pierde los 24.000 que ha pagado y tan contentos.

Si el inquilino decide no comprar ni quedarse antes de los 4 años, deberá indemnizarle con un importe que han de negociar cuando firmen el contrato (no hay ninguna cantidad estipulada en la Ley).

Por cuanto a Hacienda, mientras dure el período de alquiler han de declarar los beneficios obtenidos con el arriendo (lo que cobran de alquiler menos lo que les cuesta el mantenimiento de la vivienda). Llegada la hora de la venta, tendrían que ir al notario, registro y dependencias Autonómicas (más o menos un 10% del valor de la operación son impuestos).

Los pasos a seguir para realizar la operación son un tanto complejos, y dado que hablamos de 125.000 euros les recomiendo que un Abogado de la zona les redacte los documentos oportunos.

En este enlace tiene más información:

http://www.idealista.com/news/archivo/2012/02/09/0397381-7-recomendaciones-al-afrontar-un-alquiler-con-opcion-de-compra

Suerte.

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