Alquiler que finaliza el día 13

El año pasado alquile un piso desde el 14 de septiembre de 2010 hasta el 13 de septiembre de 2011. Estoy pendiente de que me devuelvan la fianza. El propietario me cobro la parte proporcional del mes de septiembre de 2010, el resto de los meses completos... Y ahora pretende cobrarme el mes de septiembre de 2011 entero. ¿Es eso posible? No debería cobrarme la parte proporcional (¿13 días)?

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Los contratos tienen fuerza vinculante entre las partes, como norma general, con alguna excepción que no viene al caso, y éstas se pactan en virtud del principio pacta sunt servanda, por el que los pactos se han de cumplir por las partes y del principio de autonomía de la voluntad.
Si en el contrato está estipulado la cadencia del abono por el arrendamiento, pongamos los días 14 de cada mes, y usted abandona la vivienda un día antes como manifiesta, ya que el mismo expiró el día 14, no el 13 como señaña, ya que los plazos de mes a mes se contabilizan de fecha a fecha, no se ajusta a Derecho que le pueda intentar cobrar un espacio temporal que usted no ha ocupado la vivienda.
Si se niega a devolverle completa la fianza, acuda a la Oficina de Consumo y presente allí una queja aportando una fotocopia del contrato que obra en su poder.
El arrendador puede encontrase con un problema añadido, y es que el Ayuntamiento comunique a Hacienda que ha estado realizando una actividad económica sin fiscalidad y está obligado a abonar el impuesto correspondiente.
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