¿Cuándo se entrega la fianza?

Le escribí el otro día sobre qué clase contrato si se van dos de tres inquilinos. Ahora mi pregunta es: la extinción del contrato es el próximo 31 de mayo y me piden que le devuelva la fianza ya. ¿No hay primero a parte de ver como está el piso esperar para saber los últimos recibos de gas y electricidad y descontarlo de la fianza? ¿Qué plazo hay para devolver la fianza una vez extingue el contrato? Habrá que esperar por los recibos de pagos de los servicios para descontarlos,¿no?

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Según la Ley de Arrendamientos Urbanos el propietario tiene 30 días desde la firma del fin de contrato para devolver la fianza. Pasado este plazo el dinero empieza a generar intereses.

Lo habitual es quedar con los inquilinos y verificar presencialmente el estado de la vivienda y documentar posibles desperfectos. Aparte de esto, pedir los últimos recibos de suministros (y si es preciso -porque se nos echan encima los 30 días y no llegan los recibos- llamar a las suministradoras consultando las cantidades pendientes), hacer la cuenta y devolver lo que proceda.

Suerte.

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