Pagar por adelantado anualidad alquiler
Voy a alquilar un piso, como vivienda permanente a un propietario. El me ha pedido una aval bancario. Yo le he comunicado que no hago aval, que prefiero pagarle la anualidad completa por adelantado a la entrega de llaves, en lugar de pagarle la renta todos los meses. De este modo, me ahorro los gastos de constitución y manteniminento de aval bancario.
El propietario me dice que no es posible por que lo prohíbe el art 17 de la lau. Punto 2:"Salvo pacto en contrario, el pago de la renta será mensual y habrá de efectuarse en los siete primeros días del mes. En ningún caso podrá el arrendador exigir el pago anticipado de más de una mensualidad de renta."
El caso es que no es que me lo exija, sino que soy yo el que se lo ofrece, pagar la anualidad completa.
¿Es posible hacerlo sin incumplir ningún precepto legal?
El propietario me dice que no es posible por que lo prohíbe el art 17 de la lau. Punto 2:"Salvo pacto en contrario, el pago de la renta será mensual y habrá de efectuarse en los siete primeros días del mes. En ningún caso podrá el arrendador exigir el pago anticipado de más de una mensualidad de renta."
El caso es que no es que me lo exija, sino que soy yo el que se lo ofrece, pagar la anualidad completa.
¿Es posible hacerlo sin incumplir ningún precepto legal?
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Respuesta de dixen_eu
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