Funcionamiento aval bancario en alquileres
Soy un propietario planteándome si alquilar pidiendo un aval bancario como garantía y se lo que es pero no como funciona en caso de ejecutarlo:
- Si se ejecuta parcialmente (p. Ej. Los inquilinos dejan de pagar 3 meses seguidos), el propietario se sigue quedando un aval por la parte que no se ha llegado a ejecutar y utilizarlo más adelante (p. Ej. Porque descubre al marcharse el inquilino que han destrozado un armario del piso)
- ¿La potestad de ejecutar el aval o es una decisión unilateral del propietario o depende de que alguien (el banco que lo entrego, p.ej) compruebe que el inquilino efectivamente incumplió?
- Demostrar si el inquilino paga o no es fácil, pero, ¿y otro tipo de incumplimientos como los destrozos en el piso alquilado? ¿Hay qué hacer un inventario previo? ¿Quién y como lo haría?
- Si se ejecuta parcialmente (p. Ej. Los inquilinos dejan de pagar 3 meses seguidos), el propietario se sigue quedando un aval por la parte que no se ha llegado a ejecutar y utilizarlo más adelante (p. Ej. Porque descubre al marcharse el inquilino que han destrozado un armario del piso)
- ¿La potestad de ejecutar el aval o es una decisión unilateral del propietario o depende de que alguien (el banco que lo entrego, p.ej) compruebe que el inquilino efectivamente incumplió?
- Demostrar si el inquilino paga o no es fácil, pero, ¿y otro tipo de incumplimientos como los destrozos en el piso alquilado? ¿Hay qué hacer un inventario previo? ¿Quién y como lo haría?
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Respuesta de Manuel Pregal
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