Recurso de Multa pagada

Hace seis semanas me pusieron un multa por exceso de velocidad. En cinco semanas recibí la notificación. En ella exponía que si esta era pagada en menos de diez días sólo se debería abonar la mitad.
He pagado la multa. Ahora la quiero recurrir. ¿Existe alguna posibilidad de existo después de haberla pagado? En caso afirmativo,¿me abonarían lo pagado?
Respuesta
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En primer lugar disculparme por la demora en la contestación pues he tenido que atender cuestiones personales en el extranjero, pero vamos al tema en concreto:
Por lo que me cuentas en tu concreta consulta debes saber que según la Ley de Procedimiento Administrativo dispones de unos plazos para presentar las alegaciones que estimes oportunas, aun de haber abonado el importe propuesto de la sanción y que hasta no llegar a su firme resolución puede variar al del abonado en este caso, pudiendo ser anulado, disminuido, o aumentado (normalmente al abonar el importe propuesto se pone fin al expediente sancionador sino concurren otras sanciones o medidas cautelares en el citado), es decir que puedes ejercer tu derecho a recurrir la infracción y en caso de conseguir anularla se te devolberia el importe.
Yo te aconsejaría que investigaras y revisaras los hechos ocurridos, comprobando lugar exacto, velocidad existente, certificados de los aparatos medidores y demás circunstancias cocurrentes así como solicitar prueba fotografía etc. Espero haberte sido de utilidad y no dudes en consultarme cualquier ampliación o duda.

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