Multa de aparcamiento con defecto de forma
Hace unas semanas dejé el coche aparcado en un paso de peatones. Sólo pisaba unos 20 cm del mismo, por lo que no obstaculizaba en absoluto el paso de peatones. La grúa se llevó mi coche y hoy he recibido la notificación de la multa.
Dicha multa indica que infringí el "R. Gral. De Circulación, Art. ¿94 - 02" y tipifica la infracción como "grave" con un importe de 150?. Creo que según este reglamento la infracción debería ser "leve". Me han dicho en la oficina de Recaudación del Ayto. De Oviedo que es grave en base a una "Ordenanza Municipal".
Quisiera saber si puedo recurrir la multa por defecto de forma. En caso de ser así, ¿la multa quedaría anulada o me enviarían de nuevo la multa corregida?
También quisiera saber si la grúa tenía derecho a llevarse mi coche, ya que no causaba grave peligro ni obstaculizaba el paso, y si podría añadir esto a mi alegación. Por lo que me han comentado, prevalece la versión del policía local y si este dice que estaba en medio del paso de peatones, aunque no sea cierto, le dan la razón a él...
Dicha multa indica que infringí el "R. Gral. De Circulación, Art. ¿94 - 02" y tipifica la infracción como "grave" con un importe de 150?. Creo que según este reglamento la infracción debería ser "leve". Me han dicho en la oficina de Recaudación del Ayto. De Oviedo que es grave en base a una "Ordenanza Municipal".
Quisiera saber si puedo recurrir la multa por defecto de forma. En caso de ser así, ¿la multa quedaría anulada o me enviarían de nuevo la multa corregida?
También quisiera saber si la grúa tenía derecho a llevarse mi coche, ya que no causaba grave peligro ni obstaculizaba el paso, y si podría añadir esto a mi alegación. Por lo que me han comentado, prevalece la versión del policía local y si este dice que estaba en medio del paso de peatones, aunque no sea cierto, le dan la razón a él...
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